Se desarrolla el artículo 38 de la Constitución Política de Colombia en lo referente a los organismos de acción comunal (Se desarrolla el artículo 38 de la Constitución Política de Colombia en lo referente a los organismo) Colombia
Versión actualizada
Se desarrolla el artículo 38 de la Constitución Política de Colombia en lo referente a los organismos de acción comunalSe desarrolla el artículo 38 de la Constitución Política de Colombia en lo referente a los organismos de acción comunal
- Artículo 1o. Objeto
- Artículo 2o. Desarrollo de la comunidad
- Artículo 3o. Principios rectores del desarrollo de la comunidad
- Artículo 4o. Fundamentos del desarrollo de la comunidad
- Artículo 5o. Los procesos de desarrollo de la comunidad, a la luz de sus principios y...
- Artículo 6o. Definición de acción comunal
- Artículo 7o. Clasificación de los organismos de acción comunal
- Artículo 8o. Organismos de acción comunal:
- Artículo 9o. Denominación
- Artículo 10. Cuando por disposición legal varíe la denominación del...
- Artículo 11. Cuando se autorice la constitución de más de una junta en un...
- Artículo 12. Territorio
- Artículo 13. El territorio de los organismos de acción comunal podrá...
- Artículo 14. Domicilio
- Artículo 15. Constitución
- Artículo 16. Forma de constituirse
- Artículo 17. Duración
- Artículo 18. Estatutos
- Artículo 19. Objetivos
- Artículo 20. Principios
- Artículo 21. Requisitos
- Artículo 22. Derechos de los afiliados
- Artículo 23. Afiliación
- Artículo 24. Deberes de los afiliados
- Artículo 25. Impedimentos
- Artículo 26. Desafiliación
- Artículo 27. Organos de dirección, administración y vigilancia
- Artículo 28. Periodicidad de las reuniones
- Artículo 29. Validez de las reuniones y validez de las decisiones
- Artículo 30. Período de los directivos y los dignatarios
- Artículo 31. Procedimiento de elección de los dignatarios
- Artículo 32. Fechas de elección dignatarios
- Artículo 33. Calidad de dignatario
- Artículo 34. Dignatarios de los organismos de acción comunal
- Artículo 35. Derechos de los dignatarios
- Artículo 36. Las autoridades del Ministerio del Interior o de los niveles seccional o...
- Artículo 37. Asamblea general
- Artículo 38. Funciones de la asamblea
- Artículo 39. Convocatoria
- Artículo 40. Directivas departamentales
- Artículo 41. Comisiones de trabajo
- Artículo 42. La junta directiva o el consejo comunal para quienes lo adopten, es el...
- Artículo 43. Funciones de la junta directiva y/o del consejo comunal
- Artículo 44. Conformación de la junta directiva o del consejo comunal
- Artículo 45. Comisión de convivencia y conciliación
- Artículo 46. Funciones de la comisión de convivencia y conciliación
- Artículo 47. Corresponde al organismo comunal de grado inmediatamente superior o en su...
- Artículo 48. Impugnación de la elección
- Artículo 49. Nulidad de la elección
- Artículo 50. Las entidades competentes del sistema del interior ejercerán la...
- Artículo 51. Patrimonio
- Artículo 52. Los recursos oficiales que ingresen a los organismos de acción comunal...
- Artículo 53. Los recursos de los organismos de acción comunal que no tengan...
- Artículo 54. A los bienes, beneficios y servicios administrados por los organismos de...
- Artículo 55. Conforme al artículo 141 de la Ley 136 de 1994, las organizaciones...
- Artículo 56. Presupuesto
- Artículo 57. Libros de registro y control
- Artículo 58. Las organizaciones de acción comunal se disolverán por mandato...
- Artículo 59. La disolución decretada por la misma organización requiere para...
- Artículo 60. Con cargo al patrimonio del organismo, el liquidador publicará tres...
- Artículo 61. Quince (15) días después de la publicación del...
- Artículo 62. La atención administrativa a los programas de acción comunal se...
- Artículo 63. Los organismos de acción comunal a que se refiere esta ley,...
- Artículo 64. El registro de personería jurídica, inscripción de...
- Artículo 65. El ejercicio de las funciones señaladas en el artículo anterior...
- Artículo 66. Las peticiones presentadas por las comunidades relativas a las materias...
- Artículo 67. Los recursos de apelación que procedan contra los actos dictados con...
- Artículo 68. Las autoridades seccionales y del Distrito Capital de Bogotá...
- Artículo 69. La dirección general para el desarrollo de la acción comunal y...
- Artículo 70. Los organismos de acción comunal podrán constituir empresas o...
- Artículo 71. Dentro del marco establecido por la ley y los estatutos, cada uno de los...
- Artículo 72. Facúltese al Gobierno Nacional para que expida reglamentación...
- Artículo 73. A partir de la vigencia de esta ley, el segundo domingo del mes de noviembre...
- Artículo 74. Corresponderá a los gobernadores, alcaldes municipales y Alcalde Mayor...
- Artículo 75. Los gobernadores, alcaldes municipales y el Alcalde Mayor de Santa Fe de...
- Artículo 76. Hasta tanto sea expedida la reglamentación de la presente ley, las...
- Artículo 77. Congreso nacional de acción comunal
- Artículo 78. Artículo no publicado en el Diario Oficial No. 44.826 de 7 de junio de...
- Artículo 79. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación. El...
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Puedo salir con libertad condicional al cumplir las 3/5 partes de la condena que es de 7 meses y 15 días en la justicia penal militar como policía por el delito de peculado sobre bienes del estado. O me lo prohibe por ser un Delito contra la administración pública.
Ya que la juez resuelve No conceder el beneficio de la suspensión condicional de la pena, expresado en el artículos 63 del estatuto castrense, ley 1407 de 2010.
Puedo solicitar la libertad condicional al cumplir las 3/5 partes de la condena?
buenas tardes, en una suspension de contrato se debe pagar el dominical?
Este artículo 718 del Cód de Comercio indica que el cheque debe cobrarse dentro de los 15 días después de su fecha, no obstante esto no implica que la prescripción del cheque sea de 1 días. Al respecto, debemos guiarnos por lo que indica el art 721, en el que se dice que el banco debe pagar el cheque incluso luego de 6 meses, por tanto para determinar el fenómeno de la prescripción de un cheque, tomamos como base este plazo.
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Es preciso indicar que el titular de la acción penal en este delito es la persona juridica prestadora del servicio publico, y no el tercero (ejem propiedades horizontales, copropietarios ) afectado este ultimo podría alegar una Estafa.
Mediante la Sentencia C-028 del 2024, la Corte Constitucional eliminó de este artículo la expresión:
“Las autoridades de emigración exigirán copia de la providencia con la constancia de ejecutoria”,
esto ya que dicha orden, significaba un riesgo para la intimidad que desean tener las familias con hijos adoptados, pues al tener que cumplir ese requisito, se corría el riesgo de que los niños llegaran a enterarse que sus padres no son biológicos, sino adoptivos, lo cual es una realidad que los padres tienen todo el derecho a decidir cuándo se la informan a sus hijos.
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