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Estatuto Tributario de los Impuestos Administrados por Artículo 457 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/06/2025

Estatuto Tributario de los Impuestos Administrados por la Dirección General de Impuestos Nacionales
Artículo 457. Base gravable minima en la venta de activos fijos por intermediarios

Para los efectos de lo previsto en el artículo anterior, en ningún caso, la base gravable será inferior al tres por ciento (3%) del precio de venta. Cuando se trate de automotores producidos o ensamblados en el país que tengan un año o menos de salida de fábrica, o de automotores que tengan un año o menos de nacionalizados, la base gravable no podrá ser inferior al cinco por ciento (5%) del precio de venta.

Colombia Art. 457 Estatuto Tributario de los Impuestos Administrados por la Dirección General de Impuestos Nacionales
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Recordemos que el proceso de insolvencia y en este sentido los artículos correspondientes del Código General del Proceso, fueron modificados por la LEY 2445 DE 2025.


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El tiempo de la licencia remunerada por calamidad doméstica no está definido de manera fija en la ley. El periodo de la licencia debe ser razonable y dependerá de las circunstancias específicas del caso. Esto implica que el empleador y el trabajador deben acordar el tiempo necesario para atender la calamidad, teniendo en cuenta la gravedad de la situación y el impacto en las actividades laborales. Para esto, se recomienda incluir en la solicitud, una argumentación acerca de la necesidad de la presencia en el hogar por parte del trabajador, que nace tras la calamidad. Así el empleador podrá tener más criterios para decidir.


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Que se puede hacer si vecinos tiene dos perros que salen al balcón durante todo el día y ladran a todo lo que ven pasar. Eso es desde las 5:30 am hasta las 12 de la noche?


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