Se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad (Se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad) Colombia
Se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad
- Artículo 1o. Objetivos del plan nacional de desarrollo
- Artículo 2o. Parte integral de esta ley
- Artículo 3o. Pactos del plan nacional de desarrollo
- Artículo 4o. Plan nacional de inversiones públicas 2019- 2022
- Artículo 5o. Recursos financieros, presupuestos plurianuales y consistencia fiscal del plan nacional de inversiones públicas
- Artículo 6o. Acceso a recursos genéticos y productos derivados
- Artículo 7o. Conflictos socioambientales en áreas protegidas del sistema nacional ee áreas protegidas (sinap)
- Artículo 8o. Medidas tendientes a dinamizar procesos de saneamiento al interior de las áreas del sistema de parques nacionales naturales
- Artículo 9o. Coordinación Interinstitucional para el control y vigilancia contra la deforestación y otros crímenes ambientales
- Artículo 10. Conservación de bosques en la región de la amazonía
- Artículo 11. Recursos para la conservación de los páramos
- Artículo 12. Derogado por el art. 372, Ley 2294 de 2023
- Artículo 13. Requerimiento de permiso de vertimiento
- Artículo 14. Tratamiento de aguas residuales
- Artículo 15. Funciones de la superintendencia
- Artículo 16. Fortalecimiento del ejercicio de las funciones de la superintendencia de servicios públicos domiciliarios
- Artículo 17. Definiciones
- Artículo 18. Contribuciones especiales a favor de la comisión de regulación de energía y gas (creg), de la comisión de regulación de agua potable y saneamiento básico (cra) y de la superintendencia de servicios públicos domiciliarios (sspd)
- Artículo 19. Sanciones
- Artículo 20. Tarifa de cobros por los servicios técnicos de planeación de la upme
- Artículo 21. Vigencia fondos eléctricos
- Artículo 22. Licencia ambiental temporal para la formalización minera
- Artículo 23. Cesión de derechos mineros
- Artículo 24. Sistema de cuadrícula en la titulación minera
- Artículo 25. Prórrogas de los contratos de concesión minera del decreto 2655 de 1988
- Artículo 26. Liquidación de contratos de concesión minera
- Artículo 27. Servidumbre minera
- Artículo 28. Liberación de áreas
- Artículo 29. Reporte de información al ministerio de minas y energía
- Artículo 30. Fortalecimiento de la fiscalización, seguimiento y control de actividades mineras
- Artículo 31. Secretaría técnica del ocad paz
- Artículo 32. Causales para adelantar el procedimiento correctivo y sancionatorio
- Artículo 33. Funcionamiento del fondo de estabilización de precios de los combustibles (fepc)
- Artículo 34. Obligaciones a cargo del fondo de estabilización de precios de los combustibles (fepc)
- Artículo 35. Precio de los combustibles líquidos a estabilizar
- Artículo 36. Administración eficiente de recursos públicos
- Artículo 37. Administración de activos y pasivos financieros
- Artículo 38. Orientación del gasto a resultados
- Artículo 39. Saneamiento contable de los estados financieros de la nación
- Artículo 40. Saneamiento de títulos de bienes inmuebles de la nación y entidades extintas o inexistentes del orden nacional
- Artículo 41. De las modalidades de selección
- Artículo 42. Transparencia en contratación de mínima cuantía
- Artículo 43. Inhabilidad por incumplimiento reiterado
- Artículo 44. Enajenación de participaciones minoritarias de las entidades estatales
- Artículo 45. Extensión de la medida cautelar
- Artículo 46. Del fondo adaptación
- Artículo 47. Régimen patrimonial
- Artículo 48. Garantías para bonos hipotecarios para financiar cartera vis subsidiable y para títulos emitidos en procesos de titularización de cartera vis subsidiable
- Artículo 49. Derogado por el art. 372, Ley 2294 de 2023., a partir del 31 de diciembre de 2023
- Artículo 50. Transferencia de participaciones en organismos internacionales
- Artículo 51. Gastos de personal de entidades públicas del orden nacional
- Artículo 52. Marco fiscal de mediano plazo para entidades territoriales
- Artículo 53. Pago de sentencias o conciliaciones en mora
- Artículo 54. Autorización para el uso de recursos de mayor recaudo
- Artículo 55. Fondo dian para colombia
- Artículo 56. Fondo nacional para el desarrollo de la infraestructura (fondes)
- Artículo 57. Eficiencia en la administración de los recursos del fondo nacional de prestaciones sociales del magisterio
- Artículo 58. Prohibición de transferencias y liquidación de empresas ineficientes
- Artículo 59. Condiciones de operación en línea y en tiempo real de los juegos localizados
- Artículo 60. Plan de premios y rentabilidad mínima anual
- Artículo 61. Prohibición de gravar el monopolio rentístico
- Artículo 62. Derogado por el art. 372, Ley 2294 de 2023
- Artículo 63. Operaciones finagro
- Artículo 64. Rentas exentas a partir del año gravable 2019
- Artículo 65. Tarifa especial para dividendos o participaciones recibidas por sociedades nacionales
- Artículo 66. Movilización de cartera
- Artículo 67. Aeropuerto del café (aerocafé)
- Artículo 68. Administración del impuesto al turismo
- Artículo 69. Declaración y pago nacional
- Artículo 70. Inspección y vigilancia
- Artículo 71. Política de uso y aprovechamiento del espacio público
- Artículo 72. Mecanismo para facilitar la administración de bienes
- Artículo 73. Enajenación temprana, chatarrización, demolición y destrucción
- Artículo 74. Bienes gravados con la tarifa del cinco por ciento (5%)
- Artículo 75. Competencias de inspección, vigilancia y control de la superintendencia nacional de salud respecto de la composición de capital o del patrimonio de las eps
- Artículo 76. Contribución de vigilancia a favor de la superintendencia nacional de salud
- Artículo 77. Programa de saneamiento fiscal y financiero
- Artículo 78. Autorización para el uso de los recursos de las entidades territoriales
- Artículo 79. Naturaleza y organización de la gestión catastral
- Artículo 80. Gestión catastral a cargo de la agencia nacional de tierras (ant)
- Artículo 81. Infracciones al régimen de prestación del servicio público de gestión catastral
- Artículo 82. Régimen sancionatorio
- Artículo 83. Inembargabilidad, imprescriptibilidad e inalienabilidad
- Artículo 84. Registro único de predios y territorios abandonados (rupta)
- Artículo 85. Derogado por el art. 372, Ley 2294 de 2023
- Artículo 86. Trámite de reparto notarial
- Artículo 87. Seguridad jurídica en el ordenamiento territorial
- Artículo 88. Fondo de contingencias y traslados
- Artículo 89. Fondo de contingencias de las entidades estatales
- Artículo 90. Aprobación y seguimiento de la valoración de las contingencias
- Artículo 91. Bienes inmuebles fiscales
- Artículo 92. Estructuración de proyectos por parte de la agencia nacional inmobiliaria “virgilio barco vargas”
- Artículo 93. Infraestructura inmobiliaria para la administración pública
- Artículo 94. Derogado por el art. 372, Ley 2294 de 2023
- Artículo 95. Fortalecimiento de la infraestructura física de las entidades del estado
- Artículo 96. Planes de movilidad sostenible y segura para municipios, distritos y áreas metropolitanas
- Artículo 97. Otras fuentes de financiación para los sistemas de transporte
- Artículo 98. Sostenibilidad de sistemas de transporte
- Artículo 99. Apoyo a los sistemas de transporte
- Artículo 100. Cofinanciación de sistemas de transporte
- Artículo 101. Concesiones portuarias sobre nuevos emplazamientos
- Artículo 102. Cambio en las condiciones de la concesión
- Artículo 103. Intervención de la red vial, fluvial y aeropuertos regionales
- Artículo 104. Participación de entidades de naturaleza pública o mixta
- Artículo 105. Celebración de contratos de obra pública
- Artículo 106. Destinación de aportes de la agencia nacional de infraestructura (ani) en situaciones de reversión de infraestructura por terminación anticipada
- Artículo 107. Avales y garantías en el marco de la cofinanciación de sistemas de transporte
- Artículo 108. Contribución especial de vigilancia para la superintendencia de transporte
- Artículo 109. Protección de usuarios de transporte aéreo
- Artículo 110. Protección al turista
- Artículo 111. Reprogramación de vigencias futuras del sector transporte
- Artículo 112. Vigencias futuras de la nación y las entidades estatales del orden nacional para proyectos de asociación público privada
- Artículo 113. Requisitos para proyectos de asociación público privada que requieren desembolsos de recursos públicos en entidades territoriales
- Artículo 114. Trámites de proyectos de interés nacional y estratégico
- Artículo 115. Asociaciones público-privadas para escenarios públicos
- Artículo 116. Evaluación de los proyectos de asociación público privada de iniciativa privada
- Artículo 117. Sistema de recaudo y sistema de gestión y control de flota de transporte
- Artículo 118. Nuevas fuentes de materiales para mantenimiento, mejoramiento y rehabilitación de vías terciarias y para el programa “colombia rural”
- Artículo 119. Priorización para proyectos de inversión en agua potable, saneamiento básico, vías terciarias y energía eléctrica
- Artículo 120. Permisos especiales y temporales de vehículos combinados de carga (vcc)
- Artículo 121. Vehículos con matrícula extranjera en zonas de frontera cuyo modelo no supere el año 2016
- Artículo 122. Internación temporal de vehículos con matrícula extranjera en zonas de frontera cuyo modelo sea año 2017 y siguientes
- Artículo 123. Impuesto de vehículos automotores para vehículos de matrícula extranjera en zonas de frontera
- Artículo 124. Requisitos para la creación de distritos
- Artículo 125. Fusión y denominación
- Artículo 126. Objetivos generales y específicos del ministerio de ciencia, tecnología e innovación
- Artículo 127. Libertad religiosa, de cultos y conciencia
- Artículo 128. Funciones de los municipios
- Artículo 129. Reserva legal de las estrategias de defensa jurídica nacional e internacional
- Artículo 130. Contribución especial para laudos arbitrales de contenido económico
- Artículo 131. Registro único de decisiones judiciales en materia penal y jurisdicciones especiales
- Artículo 132. Derogado por el art. 372, Ley 2294 de 2023
- Artículo 133. Estrategia de cárceles del orden nacional
- Artículo 134. Comportamientos relacionados con el cumplimiento de la normatividad que afectan la actividad económica
- Artículo 135. Dispositivos de escaneo para la vigilancia fronteriza y nacional
- Artículo 136. Acceso a la información
- Artículo 137. Derogado por el art. 372, Ley 2294 de 2023
- Artículo 138. Recursos para el fondo bienestar de la contraloría general de la república
- Artículo 139. Plan decenal del ministerio público
- Artículo 140. Prórroga código general disciplinario
- Artículo 141. Unidad de investigación y acusación (uia) de la jurisdicción especial para la paz (jep)
- Artículo 142. Cuentas de depósito en el banco de la república
- Artículo 143. Bicentenario de la independencia nacional
- Artículo 144. Liquidación de sociedades no operativas sujetas a la inspección, vigilancia y control de la superintendencia de sociedades
- Artículo 145. Tarifas a favor de las cámaras de comercio
- Artículo 146. Abogacía de la competencia
- Artículo 147. Transformación digital pública
- Artículo 148. Gobierno digital como política de gestión y desempeño institucional
- Artículo 149. Infracciones postales
- Artículo 150. Sanciones postales
- Artículo 151. Graduación de las sanciones postales
- Artículo 152. Recursos del fontic para inspección, vigilancia y control
- Artículo 153. Redes y servicios de telecomunicaciones
- Artículo 154. Producción y contenido local en servicios de video bajo demanda
- Artículo 155. Sistema estadístico nacional
- Artículo 156. Potestad sancionatoria del ica e infracciones
- Artículo 157. Sanciones administrativas
- Artículo 158. Tasa, sujeto activo y pasivo y hechos generadores
- Artículo 159. Método y sistema para la determinación de las tarifas
- Artículo 160. Pago, recaudo y destinación específica de los recursos
- Artículo 161. Tasa por la realización de la consulta previa
- Artículo 162. Emisiones para pequeñas y medianas empresas
- Artículo 163. Derogado por el art. 372, Ley 2294 de 2023
- Artículo 164. Fortalecimiento empresarial de las organizaciones de la economía solidaria
- Artículo 165. Líneas de crédito para inversión en actividades de ciencia, tecnología e innovación
- Artículo 166. Constitución de empresas de desarrollos tecnológicos innovadores
- Artículo 167. Bienes intangibles o derechos de propiedad intelectual de las entidades públicas
- Artículo 168. Crédito fiscal para inversiones en proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación o vinculación de capital humano de alto nivel
- Artículo 169. Derechos de propiedad intelectual sobre resultados de programas y proyectos de ciencia, tecnología e innovación y de tecnologías de la información y las comunicaciones financiados con recursos públicos
- Artículo 170. Deducción por donaciones e inversiones en investigación, desarrollo tecnológico e innovación
- Artículo 171. Descuento para inversiones y donaciones realizadas en investigación, desarrollo tecnológico o innovación
- Artículo 172. Sistema nacional de competitividad e innovación (snci)
- Artículo 173. Innovación e implementación de nuevas tecnologías en proyectos de infraestructura de transporte
- Artículo 174. Incentivos a la generación de energía eléctrica con fuentes no convencionales (fnce)
- Artículo 175. Derogado por el art. 372, Ley 2294 de 2023
- Artículo 176. Del establecimiento del seguro agropecuario
- Artículo 177. Prórroga de la ley 1556 de 2012
- Artículo 178. Contraprestación y estímulo a la producción de obras audiovisuales en colombia
- Artículo 179. Derogado por el art. 372, Ley 2294 de 2023
- Artículo 180. Proyectos de economía creativa
- Artículo 181. Acuerdos sobre derechos patrimoniales
- Artículo 182. Fomento de los microcréditos
- Artículo 183. Fortalecimiento financiero de la educación superior pública
- Artículo 184. Fondo de financiamiento de la infraestructura educativa
- Artículo 185. Avance en el acceso en educación superior pública
- Artículo 186. Excedentes del icetex
- Artículo 187. Armonización del plan nacional de desarrollo con el plan nacional decenal de educación 2016-2026
- Artículo 188. Comisión para la revisión del sistema general de participaciones
- Artículo 189. Creación de la unidad administrativa especial de alimentación escolar
- Artículo 190. Becas por impuestos
- Artículo 191. Reconocimiento de títulos en educación superior
- Artículo 192. Prácticas laborales
- Artículo 193. Piso de protección social para personas con ingresos inferiores a un salario mínimo
- Artículo 194. Sistema nacional de cualificaciones
- Artículo 195. Inclusión laboral
- Artículo 196. Generación de empleo para la población joven del país
- Artículo 197. Intervención en actividades financiera y aseguradora
- Artículo 198. Promoción de los beneficios económicos periódicos
- Artículo 199. Financiación de obligaciones pensionales con recursos del fonpet
- Artículo 200. Derogado por el art. 372, Ley 2294 de 2023
- Artículo 201. Fondo para el fortalecimiento de la inspección, vigilancia y control del trabajo y la seguridad social (fivicot)
- Artículo 202. Objeto del fondo de riesgos laborales
- Artículo 203. Servicios de promoción y prevención
- Artículo 204. Exoneración de aportes
- Artículo 205. Aplicaciones y plataformas tecnológicas
- Artículo 206. Política de atención integral a la primera infancia, infancia y adolescencia
- Artículo 207. Acceso preferente a la oferta del sector de inclusión social y reconciliación
- Artículo 208. Medidas de restablecimiento de derechos y de declaratoria de vulneración
- Artículo 209. Estrategia sacúdete
- Artículo 210. Focalización de la oferta social
- Artículo 211. Mesa de equidad
- Artículo 212. Acompañamiento familiar y social en los programas de vivienda gratuita
- Artículo 213. Apoyo y fortalecimiento a la atención familiar
- Artículo 214. Cuentas maestras para servicios de atención del instituto colombiano de bienestar familiar (icbf)
- Artículo 215. Subsidio de solidaridad pensional
- Artículo 216. Prevención de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes (escnna)
- Artículo 217. Estampilla para el bienestar del adulto mayor
- Artículo 218. Derogado por el art. 372, Ley 2294 de 2023
- Artículo 219. Trazador presupuestal
- Artículo 220. Trazador presupuestal para la paz
- Artículo 221. Trazador presupuestal para la equidad de la mujer
- Artículo 222. Sistema nacional de las mujeres
- Artículo 223. Restitución del subsidio y del inmueble objeto del subsidio de arrendamiento
- Artículo 224. Protección contra la pérdida del valor adquisitivo de la moneda
- Artículo 225. Intereses sobre cesantías
- Artículo 226. Fondo de estabilización de precios del café
- Artículo 227. Subsidio de energía para distritos de riego
- Artículo 228. Tarifa diferencial a pequeños productores rurales
- Artículo 229. Calificación diferenciada en compras públicas de alimentos
- Artículo 230. Bienes que se encuentran exentos del impuesto
- Artículo 231. Competencias en salud por parte de la nación
- Artículo 232. Competencias de los departamentos en la prestación de servicios de salud
- Artículo 233. Destinación y distribución de los recursos del sistema general de participaciones para salud
- Artículo 234. Distribución de los recursos de aseguramiento en salud
- Artículo 235. Distribución de los recursos del componente de salud pública y subsidios a la oferta
- Artículo 236. Pago de servicios y tecnologías de usuarios no afiliados
- Artículo 237. Sostenibilidad financiera del sistema general de seguridad social en salud
- Artículo 238. Saneamiento financiero del sector salud en las entidades territoriales
- Artículo 239. Derogado por el art. 372, Ley 2294 de 2023
- Artículo 240. Eficiencia del gasto asociado a la prestación del servicio y tecnologías no financiados con cargo a los recursos de la upc
- Artículo 241. Incentivos a la calidad y los resultados en salud
- Artículo 242. Solidaridad en el sistema de salud
- Artículo 243. Integrantes del sistema general de seguridad social en salud
- Artículo 244. Ingreso base de cotización (ibc) de los independientes
- Artículo 245. Acuerdos de pago de servicios y tecnologías en salud
- Artículo 246. Interoperabilidad de la historia clínica
- Artículo 247. Atención prioritaria a pacientes de regiones dispersas y de difícil acceso
- Artículo 248. Fase de rehabilitación
- Artículo 249. Esquemas asociativos territoriales (eat)
- Artículo 250. Pactos territoriales
- Artículo 251. Concurrencia de recursos para la financiación de iniciativas de gasto en diferentes jurisdicciones
- Artículo 252. Cédula rural
- Artículo 253. Política pública del sector campesino
- Artículo 254. Diagnóstico, prevención y control de la salmonella
- Artículo 255. Vivienda rural efectiva
- Artículo 256. Servicio público de adecuación de tierras
- Artículo 257. Creación de la tasa, hecho generador, sujeto pasivo y activo del servicio público de adecuación de tierras
- Artículo 258. SISTEMA Y MÉTODO PARA LA DETERMINACIÓN DE LAS TARIFAS
- Artículo 259. Fondo de adecuación de tierras
- Artículo 260. Entidad responsable inspección, vigilancia y control de adt
- Artículo 261. Infracciones en la prestación del servicio público de adt
- Artículo 262. Sanciones a la prestación del servicio público adt
- Artículo 263. Reducción de la provisionalidad en el empleo público
- Artículo 264. Infraestructura para proyectos turísticos especiales (pte)
- Artículo 265. Articulación del plan nacional de desarrollo con el plan especial para el desarrollo de buenaventura
- Artículo 266. Subcuenta pacto por el chocó-tumaco
- Artículo 267. Reconocimiento costos de transporte
- Artículo 268. Zona económica y social especial (zese) para la guajira, norte de santander y arauca
- Artículo 269. Reducción de la vulnerabilidad fiscal del estado frente a desastres
- Artículo 270. Obligación de pronto pago en contratos y actos mercantiles
- Artículo 271. Transferencia de zonas francas de frontera a entidades territoriales
- Artículo 272. Bienes que no causan el impuesto
- Artículo 273. Bienes que se encuentran exentos del impuesto
- Artículo 274. Arancel a las importaciones
- Artículo 275. Arancel de aduanas nacionales
- Artículo 276. Transferencia de dominio de bienes inmuebles fiscales entre entidades
- Artículo 277. Cesión a título gratuito o enajenación de bienes fiscales
- Artículo 278. Instrumento para la financiación de la renovación urbana
- Artículo 279. Dotación de soluciones adecuadas de agua para consumo humano y doméstico, manejo de aguas residuales y residuos sólidos en áreas urbanas de difícil gestión y en zonas rurales
- Artículo 280. Destinación de los recursos de la participación de agua potable y saneamiento básico en los distritos y municipios
- Artículo 281. Derogado por el art. 372, Ley 2294 de 2023
- Artículo 282. Fortalecimiento del fondo de reparación para las víctimas de la violencia
- Artículo 283. Administración y destinación de bienes
- Artículo 284. Renta básica
- Artículo 285. Ampliación de las obras por impuestos
- Artículo 286. Inversión de recursos públicos en infraestructura concesionada en áreas de servicio exclusivo
- Artículo 287. Servicio público domiciliario de energía eléctrica en zonas no interconectadas (zni)
- Artículo 288. Soluciones energéticas para proyectos del fondo de apoyo financiero para la energización de las zonas no interconectadas (fazni)
- Artículo 289. Transferencias del sector eléctrico
- Artículo 290. Nuevos agentes
- Artículo 291. Programa de energización para la región pacífica
- Artículo 292. Edificios pertenecientes a las administraciones públicas
- Artículo 293. Proyectos de expansión de redes de glp
- Artículo 294. Gestión del servicio público domiciliario de gas combustible en zonas apartadas sin servicio
- Artículo 295. Subsidios para combustibles líquidos, biocombustibles y glp
- Artículo 296. Matriz energética
- Artículo 297. Subsidios de energía eléctrica y gas
- Artículo 298. Actividades relacionadas con la prestación del servicio público de energía eléctrica
- Artículo 299. Equidad regional en la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado
- Artículo 300. Zonas diferenciales para el transporte
- Artículo 301. Inserción de los sistemas ferroviarios
- Artículo 302. Subvenciones rutas sociales satena
- Artículo 303. Derogado por el art. 372, Ley 2294 de 2023
- Artículo 304. Otras fuentes de financiación para la sostenibilidad de infraestructura de transporte
- Artículo 305. Derogado por el art. 372, Ley 2294 de 2023
- Artículo 306. Destinación de multas y sanciones
- Artículo 307. Derogado por el art. 372, Ley 2294 de 2023
- Artículo 308. Contribución de las concesiones al funcionamiento de la agencia nacional de infraestructura (ani) y la unidad administrativa especial de aeronáutica civil
- Artículo 309. Acceso a las tic y despliegue de la infraestructura
- Artículo 310. Expansión de las telecomunicaciones
- Artículo 311. Contraprestaciones a cargo de los operadores postales
- Artículo 312. Medidas de sostenibilidad financiera del fondo empresarial
- Artículo 313. Sobretasa por kilovatio hora consumido para fortalecer al fondo empresarial en el territorio nacional
- Artículo 314. Contribución adicional a la contribución definida en el artículo 85 de la ley 142 de 1994 para el fortalecimiento del fondo empresarial
- Artículo 315. Sostenibilidad del servicio público mediante la asunción de pasivos
- Artículo 316. Términos y condiciones de las medidas de sostenibilidad
- Artículo 317. Preservación del servicio
- Artículo 318. Régimen transitorio especial para asegurar la sostenibilidad de la prestación eficiente del servicio
- Artículo 319. Pago por servicios ambientales en territorios indígenas
- Artículo 320. Aplicación del incentivo de pago por servicios ambientales (psa) en consejos comunitarios u organizaciones de base de comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras
- Artículo 321. Actualización del valor de la inversión de no menos del 1%, de competencia de la autoridad nacional de licencias ambientales (anla)
- Artículo 322. Reforestación con árboles nativos
- Artículo 323. Plan maestro de erosión costera
- Artículo 324. Política de protección y bienestar de animales domésticos y silvestres
- Artículo 325. Trámite solicitudes de formalización de minería tradicional
- Artículo 326. Requisitos diferenciales para contrato de concesión minera
- Artículo 327. Minería de subsistencia
- Artículo 328. Estándar colombiano para el reporte público de resultados de exploración, recursos y reservas minerales
- Artículo 329. Integración de áreas
- Artículo 330. Monto de las regalías para reconocimientos de propiedad privada
- Artículo 331. Modernización y eficiencia de las entidades públicas del sector financiero
- Artículo 332. Reestructuración de la contraloría general de la república
- Artículo 333. Supresión de trámites, procesos y procedimientos para la modernización y eficiencia de la administración pública
- Artículo 334. Fortalecimiento de la equidad, el emprendimiento y la legalidad desde la modernización y eficiencia de la administración pública
- Artículo 335. Autonomía presupuestal del consejo nacional electoral
- Artículo 336. Vigencias y derogatorias
Mejores juristas





Recordemos que si la persona que debe pagar alimentos fallece y en vida se le había embargado su pensión para pagar dicha obligación alimentaria, esta obligación pasará a la persona que reciba dicha pensión, tras el fallecimiento. Es decir, si alguien recibe una pensión de sobreviviente y con esa pensión la persona muerta garantizaba una cuota de alimentos, se deberá seguir descontando dichos alimentos de esa pensión.
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Buenos días. Yo trabajo en un laboratorio farmacéutico. Trabajo por turnos de 8 horas.
Trabajo 6 días y descanso 2.
Mi pregunta es : cuando hay festivos como este mes que hicieron 3 y yo los trabaje dentro de mi jornada laborar, tengo derecho al compensatorio remunerado.
Gracias.
Puede la policia cerrar un establecimiento nuevo por no tener aun sayco y acinpro pago? Aun cuando la solicitud de visita ya esta realizada?
buen dia si trabaje el periodo del 1 de enero al 30 de junio consecutivos la prima me llega medio sueldo o la mitad de la mitad del sueldo????
Recordemos que el proceso de insolvencia y en este sentido los artículos correspondientes del Código General del Proceso, fueron modificados por la LEY 2445 DE 2025.
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios