Se expide la ley de Salud Mental (Se expide la ley de Salud Mental) Colombia
Se expide la ley de Salud Mental
- Artículo 1o. Objeto
- Artículo 2o. Ámbito de aplicación
- Artículo 3o. Salud mental
- Artículo 4o. Garantía en salud mental
- Artículo 5o. Definiciones
- Artículo 6o. Derechos de las personas
- Artículo 7o. De la promoción de la salud mental y prevención del trastorno mental
- Artículo 8o. Acciones de promoción
- Artículo 9o. Promoción de la salud mental y prevención del trastorno mental en el ámbito laboral
- Artículo 10. Responsabilidad en la atención integral e integrada en salud mental
- Artículo 11. Acciones complementarias para la atención integral
- Artículo 12. Red integral de prestación de servicios en salud mental
- Artículo 13. Modalidades y servicios de atención integral e integrada en salud mental
- Artículo 14. Prestadores de servicios
- Artículo 15. Puerta de entrada a la red
- Artículo 16. Estandarización de procesos y procedimientos
- Artículo 17. Mecanismos de seguimiento y evaluación
- Artículo 18. Equipo interdisciplinario
- Artículo 19. Capacitación y formación de los equipos básicos en salud
- Artículo 20. Mejoramiento continuo del talento humano
- Artículo 21. Protección especial al talento humano que trabaja en salud mental
- Artículo 22. Talento humano en atención prehospitalaria
- Artículo 23. Atención integral y preferente en salud mental
- Artículo 24. Integración escolar
- Artículo 25. Servicios de salud mental para niños, niñas y adolescentes
- Artículo 26. Plan de beneficios
- Artículo 27. Garantía de participación
- Artículo 28. Asociaciones de personas con trastornos mentales, sus familias o cuidadores
- Artículo 29. Consejo nacional de salud mental
- Artículo 30. Funciones del consejo nacional de salud mental
- Artículo 31. Política pública nacional de salud mental
- Artículo 32. Observatorio nacional de salud
- Artículo 33. Acción transectorial e intersectorial
- Artículo 34. Salud mental positiva
- Artículo 35. Sistema de vigilancia epidemiológica
- Artículo 36. Sistema de información
- Artículo 37. Inspección, vigilancia y control
- Artículo 38. Incapacidades en salud mental
- Artículo 39. Investigación e innovación en salud mental
- Artículo 40. Tratamientos de alto costo y enfermedad laboral
- Artículo 41. Conpes en salud mental
- Artículo 42. Reglamentación e implementación
- Artículo 43. Aportes del fondo para la rehabilitación, inversión social y lucha contra el crimen organizado (frisco) a las enfermedades crónicas en salud mental
- Artículo 44. Vigencia y derogatorias
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El proceso de rendición de cuentas tiene como objetivo inmediato la presentación de los ingresos y egresos relacionados con la administración del bien común, y como objetivo mediato, establecer quién debe a quién y cuánto. En el contexto de un proceso divisorio, la rendición de cuentas se tramita como parte del mismo, siempre que se relacione con la administración del bien común. Esto evita duplicidad de procesos y permite una resolución más eficiente de las controversias entre los comuneros.
Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)
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Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Aunque los procesos divisorios y los de rendición de cuentas tienen objetivos distintos, en los casos donde la rendición de cuentas está directamente relacionada con la administración que se realizó del bien común, es procedente tramitarla dentro del proceso divisorio.
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Recordemos que el fraude procesal regulado en el Artículo 453 del Código Penal, es considerado un delito de simple conducta. Es decir que no es necesario que lo que se pretendía mediante el engaño se materialice. En otras palabras, no es necesario que el funcionario emita una decisión contraria a la ley para que se cometa el delito, sino que basta con que se utilicen los medios fraudulentos con la intención de llegar a hacerlo inducir en error.
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Buenos días, tengo una pregunta. Mi mama contrato con Sonria en un contrato de prestación de servicios para que le hicieran unas coronas entre otros servicios. Por lo que ella pago fueron 10 millones de contado. pero con el tema de las citas es muy tedioso en el sentido que para ser un servicio privado no hay citas hasta dentro de un mes. y desde enero 2 de 2025 tuvo su ultima cita y se suponía que hoy ella tenia su cita para que arreglaran un trabajo mal hecho porque se le estaba cayendo un diente. ayer la llaman y le dicen que la doc tuvo una calamidad domestica y que hasta el 27 de febrero la atienden. que podría hacer mi mama para exijir una cita ahora ya que si la necesita y ellos no dan solución mas que ´poner una queja la cual ya se puso. y no es la primera vez que pasa esta sitacion, en otras ocasiones ellos dan la cita para 2 personas al tiempo y no se hacen responsables después.
Quisiera saber sí existe alguna normativa que indique si las construcciones en propiedad horizontal deban disponer actualmente mínimo de un parqueadero para VEHICULO ELECTRICO, sea moto o carro.
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