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Se expide la ley general de educación Artículo 15 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/08/2025

Se expide la ley general de educación
Artículo 15. Definición de educación preescolar

La educación preescolar corresponde a la ofrecida al niño para su desarrollo integral en los aspectos biológico, cognoscitivo, sicomotriz, socio-afectivo y espiritual, a través de experiencias de socialización pedagógicas y recreativas.

Colombia Art. 15 Se expide la ley general de educación
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