Se expiden normas en materia de saneamiento aduanero Artículo 16 Colombia
Se expiden normas en materia de saneamiento aduanero
Artículo 16. Amnistía tributaria
Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, domiciliados, en las zonas de régimen aduanero especial, antes de la vigencia de esta ley, que hubieran omitido activos movibles representados en mercancías, en sus declaraciones de renta correspondientes a los años gravables de 1993 y anteriores, podrán incluirlos en la declaración de renta del año 1994, sin que haya lugar a investigaciones, sanciones, requerimientos, liquidaciones o revisiones en lo concerniente a los activos objeto de la amnistía o a los ingresos que dieron origen a tales bienes. Para tener derecho a este beneficio se requiere el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Que la declaración de renta del año 1994 sea presentada oportunamente y que en ella el contribuyente incluya una renta gravable superior a la denunciada en su declaración del año gravable de 1993. El beneficio aquí previsto cobija igualmente a los contribuyentes de las zonas mencionadas que presenten declaración de renta y complementarios por primera vez, en cuyo caso no exigirá el cumplimiento de este requisito;
b) Dentro del término previsto para presentar la declaración de renta correspondiente al año gravable 1994 se pague un impuesto complementario al de renta equivalente al tres por ciento (3%) del valor de los inventarios objeto de la amnistía.
En lo referente a las sociedades nacionales, el mayor valor del patrimonio originado por la amnistía de que trata el presente artículo se considera superávit por utilidades retenidas de ejercicio anteriores a 1994, no constitutivo de renta o ganancia ocasional para sus socios o accionistas al momento de la distribución.
PARÁGRAFO. La amnistía de que trata el presente artículo no podrá ser causal de nulidad, revocación o invalidez de los procesos con respecto a los cuales se hubiere notificado requerimiento especial, emplazamiento o pliego de cargos con anterioridad a la publicación de la presente Ley.
Colombia Art. 16 Se expiden normas en materia de saneamiento aduanero y se dictan otras disposiciones en materia tributaria
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Sobre las causales de divorcio indicadas en este artículo 154 del código civil, es necesario indicar que se incluirá una nueva causal número 10, que se denominará “La sola voluntad de cualquiera de los cónyuges”, la cual le da nacimiento al divorcio unilateral en Colombia. Es decir, el Colombia se podrá radicar un divorcio ante juzgado alegando simplemente que se desea separarse de la pareja, pero que esta no colabora para hacerlo en notaría, en otras palabras, un divorcio que no necesita demostrar un mal comportamiento de la otra persona, para poder separarse de ella.
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me puede ayudan indicándome si existe algún articulo que hable sobre si es obligatorio aumentarle el salario a las personas que ganes mas del minimo.
Estimado Abogado. Conoce usted de qué trata la LEY 1123 DE 2007 y para qué sirve?
Si la prestación de servicios ha sido continua, sin interrupciones significativas, y la necesidad de los servicios del trabajador ha sido constante, esto puede indicar una relación laboral indefinida. La jurisprudencia ha señalado que interrupciones cortas entre contratos no necesariamente rompen la continuidad de la relación laboral. // Si la naturaleza del trabajo realizado por el empleado es de carácter permanente y no temporal, esto puede ser un indicativo de que la relación laboral es indefinida no mediada por múltiples contratos a término fijo. La Corte Suprema ha destacado que la naturaleza de la labor contratada puede disfrazar una relación laboral indefinida cuando no se justifica un plazo determinado. // El principio de estabilidad laboral, protege al trabajador y puede modificar la naturaleza del contrato a término fijo a indefinido si se cumplen ciertos requisitos, como la subsistencia de la materia de trabajo y el cumplimiento de las obligaciones por parte del trabajador etc.
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Según el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por la Ley 50 de 1990, en los contratos a término fijo, la indemnización se calcula con base en el tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato. La jurisprudencia también ha señalado que la sucesiva renovación de un contrato a término fijo no lo convierte automáticamente en uno indefinido, lo que significa que la empresa puede decidir no renovar el contrato al final del plazo estipulado sin que esto implique automáticamente una indemnización por despido injusto por todo el tiempo que la persona lleva relacionada con la empresa mediante continuos contratos a termino fijo.
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