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Se fortalecen la investigación y judicialización de organizaciones criminales, se adoptan medidas pa Artículo 53 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Se fortalecen la investigación y judicialización de organizaciones criminales, se adoptan medidas para su sujeción a la justicia
Artículo 53. Intervención de las víctimas

Dentro del presente procedimiento se garantizarán los derechos de participación de las víctimas, en especial las garantías procesales, probatorias, sustanciales y de acceso, así como los derechos a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, y serán intervinientes en los términos establecidos en las normas procesales ordinarias.

PARÁGRAFO 1. Entiéndase por garantías procesales, las orientadas a que las víctimas puedan participar e intervenir como sujeto procesal esencial en todas las etapas y procedimientos del juicio, con todas las prerrogativas inherentes a dicha condición, incluyendo la legitimación para presentar recursos contra decisiones de fondo. Dentro de estas garantías debe asegurarse la representación judicial gratuita y apropiada para las víctimas que lo requieran, y figuras especiales como el amparo de pobreza.

PARÁGRAFO 2. Por garantías sustanciales se entenderán todas las medidas de acompañamiento y asistencia institucional, protección adecuada y de discriminación positiva dentro del proceso penal para salvaguardar los derechos de las víctimas, garantizando que estas, los testigos, sus representantes, familiares y allegados, comparezcan a los trámites del proceso judicial, sin sufrir amenazas, intimidaciones o verse expuestos a circunstancias de victimización secundaria.

PARÁGRAFO 3. Las garantías probatorias estarán encaminadas a que toda persona que sea acreditada como víctima dentro del proceso, tenga derecho, en todas las actuaciones que se surtan en el marco de los procesos de sometimiento colectivo, a ser oída, a solicitar pruebas y a suministrar los elementos probatorios que tenga en su poder, incluyendo su propio relato, y que considere relevantes para la garantía de sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación. En la reglamentación se contemplarán reglas de flexibilización de apreciación y cargas probatorias en favor de las víctimas, modalidades especiales y diferenciales de testimonio entre otros mecanismos probatorios establecidos en la normativa sobre violaciones a Derechos Humanos.

PARÁGRAFO 4. Serán garantías de acceso las orientadas a que, mediante mecanismos sencillos, eficaces y rodeados de publicidad suficiente, las víctimas puedan concurrir para hacer valer sus derechos, para que los responsables sean juzgados, se obtenga reparación por el daño sufrido y se acceda a la verdad judicial de lo ocurrido. Las víctimas contarán con acceso igual y efectivo, atendiendo a los enfoques territoriales, diferenciales y de género.



Colombia Art. 53 Se fortalecen la investigación y judicialización de organizaciones criminales, se adoptan medidas para su sujeción a la justicia y se dictan otras disposiciones
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Buen dia como puedo embargar una empresa, que no tiene nada que embargar, sobre quien podria solicitar ante un juez medida cuatelzar para solicitar embargo o secuestro de bienes?


Este artículo es necesario leerlo desde sus actualizaciones. Así las cosas entre el día 1 y 2 el pago del auxilio económico a la persona trabajadora que se enferma por una razón no laboral, lo hace el empleador (Decreto 2943 de 2013). Del día 3 al 180 la EPS en un 66.6% del salario devengado mensualmente. Del día 181 al 540, el Fondo de Pensiones (Ley 962 de 2005). A partir del 541, la EPS (Ley 1753 de 2015) en un 50% del salario devengado. Nunca ningún % de estos puede ser inferior a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.


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  • Buen dia, mi pregunta es en el año 2009 por situacion economica no pude seguir pagando mi plan hogar con Colombia telecomunicaciones (hoy movistar), después que han trascurrido quince años llega una carta de cobro de una empresa de cobranza, mi pregunta es; me pueden cobrar despues de tanto tiempo, la deuda sigue vigente, se les puede poner un derecho de petición. Gracias.

Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal


Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.


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