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Se reconoce, rinde homenaje y se otorgan beneficios a los veteranos de la Fuerza Pública Artículo 5o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Se reconoce, rinde homenaje y se otorgan beneficios a los veteranos de la Fuerza Pública
Artículo 5o. Honores en actos, ceremonias y eventos públicos y masivos

En cada acto o evento público y masivo, así como en las ceremonias oficiales de carácter Nacional, Distrital, Departamental y Municipal podrá realizarse un acto o procedimiento para conmemorar y honrar a los Veteranos. Dicho procedimiento podrá consistir en:

a) Un minuto de silencio por los veteranos fallecidos.

b) Condecoraciones a uno o varios veteranos, o a su núcleo familiar.

c) Remembranzas de actos heroicos.

d) Aclamaciones públicas a un veterano o grupo de veteranos.

e) Espectáculos de medio tiempo en eventos deportivos.

f) Distinciones al núcleo familiar de un veterano vivo o fallecido.

g) Cualquier otra actividad que honre y enaltezca a los veteranos.

PARÁGRAFO. En todos los actos que se lleven a cabo por o para la Fuerza Pública deberá llevarse a cabo alguno de los procedimientos mencionados en el presente artículo.

Colombia Art. 5o Se reconoce, rinde homenaje y se otorgan beneficios a los veteranos de la Fuerza Pública
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Buen dia como puedo embargar una empresa, que no tiene nada que embargar, sobre quien podria solicitar ante un juez medida cuatelzar para solicitar embargo o secuestro de bienes?


Este artículo es necesario leerlo desde sus actualizaciones. Así las cosas entre el día 1 y 2 el pago del auxilio económico a la persona trabajadora que se enferma por una razón no laboral, lo hace el empleador (Decreto 2943 de 2013). Del día 3 al 180 la EPS en un 66.6% del salario devengado mensualmente. Del día 181 al 540, el Fondo de Pensiones (Ley 962 de 2005). A partir del 541, la EPS (Ley 1753 de 2015) en un 50% del salario devengado. Nunca ningún % de estos puede ser inferior a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.


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  • Buen dia, mi pregunta es en el año 2009 por situacion economica no pude seguir pagando mi plan hogar con Colombia telecomunicaciones (hoy movistar), después que han trascurrido quince años llega una carta de cobro de una empresa de cobranza, mi pregunta es; me pueden cobrar despues de tanto tiempo, la deuda sigue vigente, se les puede poner un derecho de petición. Gracias.

Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal


Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.


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