Se tipifica como contravención el consumo y porte de dosis personal de estupefacientes o sustancias que produzcan dependencia, con peligro (Se tipifica como contravención el consumo y porte de dosis personal de estupefacientes o sustancias ) Colombia
Se tipifica como contravención el consumo y porte de dosis personal de estupefacientes o sustancias que produzcan dependencia
- Artículo 1o. El que en presencia de menores de edad consuma estupefacientes o sustancias...
- Artículo 2o. El que consuma, porte o almacene estupefacientes o sustancias que generen...
- Artículo 3o. Cuando el consumo de sustancias estupefacientes o alucinógenas en...
- Artículo 4o. La sanción de multa a que se refieren los artículos anteriores...
- Artículo 5o. Aparte tachado INEXEQUIBLE
- Artículo 6o. La acción contravencional procederá de oficio, salvo en el caso...
- Artículo 7o. El establecimiento de comercio de esparcimiento público, en cuyo...
- Artículo 8o. De la infracción prevista en el artículo anterior...
- Artículo 9o. Cuando el autor de cualquiera de las conductas contravencionales descritas en...
- Artículo 10. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga las que le...
Otras regulaciones
Se honra la Memoria de los Magistrados y Servidores Públicos El Acuerdo de Seguridad Social entre la República de Colombia y la República Oriental del Uruguay Se establece el Régimen de Contratación con cargo a gastos reservados Se reglamenta la profesión de Administrador Público Se rinde homenaje a un ciudadano meritorio, asignándole su nombre a una obra de interés públicoMejores juristas





Saludos.
Apliquemos la racionalidad en donde haya vacíos jurídicos, en el evento que sea el sitio publico para adultos, su padre podría ingresar al sitio con el y vigilar su estancia en el lugar.
Cordial Saludo.
Tocaría precisar su tipo de contrato y vinculación laboral, mientas eso se determina, usted puede establecer comunicación con la secretaria de educación del lugar de los hechos, las agremiaciones sindicales y o/ el Ministerio de Educación para que sea este quien investigue y resuelva la irregularidad.
Cordial Saludo.
Caso libertad condicional.
La redención de pena es un derecho y la libertad condicional un beneficio, habría que observar su expediente para dar un asesoría honesta y acertada.
Saludos.
Con independencia de aceptar o negar su responsabilidad, no puede retractarse de su testimonio en el proceso penal, mismo que se entiende rendido bajo la gravedad de juramento.
Cordial Saludo.
caso "Sujetos Ay B"
El tipo penal de estafa requiere la producción de un resultado, la "demora" seria diferente a la "ausencia", si este nunca llega y se indujo a la victima a creer una teoría, investidura o posición, puede configurarse este delito.
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