Se aprueba el Tratado Constitutivo de la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos, suscrito en Madrid el 7 de octubre de 1992 (Tratado Constitutivo de la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos) Colombia
Tratado Constitutivo de la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos
- Artículo 1o. La Conferencia de Ministros de Justicia (en adelante la Conferencia) de los...
- Artículo 2o. La Conferencia tiene su sede en Madrid. FINES
- Artículo 3o. 1. La Conferencia tiene por objeto el estudio y promoción de...
- Artículo 4o. En ningún caso serán admitidas a consideración materias...
- Artículo 5o. 1. La Conferencia está abierta a todos los Estados integrantes de...
- Artículo 6o. Los idiomas oficiales y de trabajo de la Conferencia con el español y...
- Artículo 7o. Son órganos de la Conferencia, la Comisión Delegada y la...
- Artículo 8o. 1. La Conferencia queda válidamente constituida con la...
- Artículo 9o. La Conferencia tendrá personalidad jurídica. PRIVILEGIOS E...
- Artículo 10. La Conferencia gozará en todos los Estados parte de los privilegios e...
- Artículo 11. 1. El presupuesto de la Conferencia será financiado mediante...
- Artículo 12. 1. La Comisión Delegada de la Conferencia está integrada...
- Artículo 13. 1. La Comisión Delegada asume, cuando la Conferencia no...
- Artículo 14. 1. La Secretaría General Permanente de la Conferencia está...
- Artículo 15. 1. El presente Tratado quedará abierto a la firma de los Estados...
- Artículo 16. 1. El presente Tratado entrará en vigor el primer día del...
- Artículo 17. 1. El Secretario General de la Conferencia notificará a los...
Otras regulaciones
Por medio del cual la Nación se asocia al centenario de la Fundación del Municipio de Puerto Rondón (Arauca) La cual la Nación se asocia a la celebración de los 200 años de la Fundación del municipio de Soledad Se establecen normas para garantizar la seguridad de la cadena logística, prevenir los delitos transnacionales Normas concernientes a la elección de ciudadanos secuestrados Se adicionan dos parágrafos al artículo 2o de la Ley 3 de 1992, modificado por la Ley 754 de 2002Mejores juristas





Saludos.
Apliquemos la racionalidad en donde haya vacíos jurídicos, en el evento que sea el sitio publico para adultos, su padre podría ingresar al sitio con el y vigilar su estancia en el lugar.
Cordial Saludo.
Tocaría precisar su tipo de contrato y vinculación laboral, mientas eso se determina, usted puede establecer comunicación con la secretaria de educación del lugar de los hechos, las agremiaciones sindicales y o/ el Ministerio de Educación para que sea este quien investigue y resuelva la irregularidad.
Cordial Saludo.
Caso libertad condicional.
La redención de pena es un derecho y la libertad condicional un beneficio, habría que observar su expediente para dar un asesoría honesta y acertada.
Saludos.
Con independencia de aceptar o negar su responsabilidad, no puede retractarse de su testimonio en el proceso penal, mismo que se entiende rendido bajo la gravedad de juramento.
Cordial Saludo.
caso "Sujetos Ay B"
El tipo penal de estafa requiere la producción de un resultado, la "demora" seria diferente a la "ausencia", si este nunca llega y se indujo a la victima a creer una teoría, investidura o posición, puede configurarse este delito.
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