Unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2004 Artículo 21 Colombia
Unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2004
Artículo 21.
La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.El Presidente del honorable Senado de la República,
Luis Humberto Gómez Gallo.
El Secretario General (E.) del Senado de la República,
Saúl Cruz Bonilla.
La Presidenta de la honorable Cámara de Representantes,
Zulema del Carmen Jattin Corrales.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Angelino Lizcano Rivera.
REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y ejecútese.
Dada en Bogotá, D. C., a 3 de diciembre de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
Colombia Art. 21 Se efectúan unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2004 y se dictan otras disposiciones
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