Unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2004 Artículo 6o Colombia
Unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2004
Artículo 6o.
Sustitúyase en el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la Nación la suma de trescientos veinticuatro mil cuatrocientos veintitrés millones de pesos ($324.423.000.000) moneda legal de impuesto de aduanas y recargo por impuesto al patrimonio.Sustitúyase en el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la Nación la suma de quinientos setenta y seis mil trescientos treinta y siete millones de pesos ($576.337.000.000) moneda legal del Impuesto al Valor Agregado, IVA, por gravamen a los movimientos financieros e impuesto al patrimonio.
Sustitúyase en el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la Nación la suma de cincuenta y cuatro mil doscientos noventa y cinco millones de pesos ($54.295.000.000) moneda legal de impuesto a la gasolina y ACPM por impuesto de timbre nacional.
Sustitúyese en el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la Nación la suma de setenta y un millones de pesos ($71.000.000) moneda legal de impuesto de timbre sobre salida al exterior por impuesto al patrimonio.
Sustitúyase en el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la Nación la suma de trescientos mil millones de pesos ($300.000.000.000) moneda legal de enajenación de activos por excedentes financieros de las entidades descentralizadas.
Sustitúyase en el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la Nación la suma de ciento cuarenta y cinco mil doscientos ochenta y ocho millones doscientos once mil setecientos setenta y nueve pesos ($145.288.211.779) moneda legal de recursos de crédito externo por excedentes financieros de las entidades descentralizadas y recursos de crédito interno.
Sustitúyase en el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la Nación la suma de un billón novecientos veinte mil ciento ochenta y seis millones ciento dos mil novecientos un pesos ($1.920.18 6.102.901) moneda legal de otros recursos de capital por recursos de crédito interno.
Sustitúyase en el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la Nación la suma de ciento cuarenta y cuatro mil cuatrocientos doce millones ciento catorce mil cuatrocientos catorce pesos ($144.412.114.414) moneda legal de reintegros y otros recursos no apropiados por recursos de crédito interno.
Sustitúyase en el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la Nación la suma de ciento noventa y cinco mil doscientos ochenta y nueve millones cuatrocientos treinta y ocho mil quinientos tres pesos ($195.289.438.503) moneda legal de recuperación de cartera por recursos de crédito interno.
Sustitúyase en el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la Nación la suma de cuarenta y un mil noventa y tres millones de pesos ($41.093.000.000) moneda legal de otros recursos de capital por impuesto al patrimonio.
Sustitúyase en el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la Nación la suma de tres mil setecientos sesenta y ocho mil millones seiscientos setenta y cuatro mil novecientos ochenta y un pesos ($3.768.674.981) moneda legal de ingresos corrientes por recursos del crédito externo.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección General del Presupuesto Público Nacional- en uso de la facultad otorgada por el Decreto 568 de 1996 hará las correcciones a los recursos y a sus correspondientes códigos, los cuales son de carácter informativo.
Colombia Art. 6o Se efectúan unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2004 y se dictan otras disposiciones
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Si yo pago los 2 años de alimentos la madre se los puede gastar un un carro o una casa o cuando el menor cumpla los 18 años me devuelven la plata
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