Se aprueba el Acuerdo de Cooperación y Régimen de Privilegios e Inmunidades entre la Organización Internacional para las Migraciones y el Gobierno de la República de Colombia, hecho en Bogotá a los 5 días del mes de mayo de dos mil nueve (2009) (Acuerdo de Cooperación y Régimen de Privilegios e Inmunidades entre la Organización Internacional pa) Colombia
Acuerdo de Cooperación y Régimen de Privilegios e Inmunidades entre la Organización Internacional para las Migraciones
- Artículo I. Definiciones
- Artículo II. Personeria juridica
- Artículo III. Objetivos del presente acuerdo
- Artículo IV. Compromisos de la oim
- Artículo V. Compromisos del gobierno
- Artículo VI. Privilegios e inmunidades del organismo
- Artículo VII. Privilegios e inmunidades del personal
- Artículo VIII. Renuncia a inmunidades y privilegios
- Artículo IX. Facilidades de viaje
- Artículo X. Representacion de la organizacion
- Artículo XI. Entrada en vigencia, duracion
- Artículo XII. Compromisos conjuntos de las partes
- Artículo XIII. Denuncia
- Artículo XIV. Solucion de controversias
- Artículo XV. Instancias responsables
- Artículo XVI. Disposiciones generales
Otras regulaciones
Se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral Se rinde honores al doctor Alfonso Palacio Rudas, como ilustre ciudadano tolimense destacado a nivel nacional Se rinde honores a la memoria del Presidente Guillermo León Valencia Se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura Se cambia el nombre de Colegio Mayor de Cundinamarca por el de UniversidadMejores juristas





Si estando en prisión domiciliaria se es revovada por haber salido del domicilio, pero a su vez se tienen las 3/5 partes para el beneficio de la libertad condicional, esta última se puede solicitar?
Buenas tardes soy persona natural. Es posible presentar una querella como apoderado de la victima. O es obligatorio contar con la representación de un abogado?
buena tarde, puede ser rechazada de plano una demanda al momento de resolver excepciones previas, por según el Juez no estar claro algunos elementos de valor dentro del Juramento estimatorio. Gracias
Para calcular a qué tiempo equivalen tres quintas partes de la pena, se puede usar esta fórmula: X= (Pena impuesta X 3 / 5) o esta fórmula X=(Pena impuesta) X 0.6. No obstante este no es el único requisito, ya que el juez evalúa la pertinencia social y legal de dejar una persona por fuera de prisión, así ya haya cumplido este tiempo encerrada, por ejemplo, analizando su conducta al interior de la prisión etc.
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Es bueno indicar al respecto que existe en Colombia el delito de corrupción privada, este es el artículo 250A del Código Penal, el cual tiene que ver con castigar a quien prometa, ofrezca o conceda a directivos, administradores, empleados o asesores de una sociedad, asociación o fundación una dádiva o cualquier beneficio no justificado para que le favorezca a él o a un tercero, en perjuicio de aquella.
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