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Acuerdo de Coproducción Audiovisual entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de C Artículo XIII Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/12/2024

Acuerdo de Coproducción Audiovisual entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Canadá
Artículo XIII.





1. Cuando una coproducción se exporte a un país donde la importaci ón de tales obras esté sometida a un regimen de cupos, la coproducción se incluirá en el cupo de la Parte:

a) Cuya participación sea mayoritaria;

b) Que tenga las mejores posibilidades de exportación, si las contribuciones de los dos países son iguales;

c) De la cual el director sea ciudadano, si la aplicación de los literales a) y b) que anteceden presenta dificultades.

2. No obstante el párrafo 1o que antecede, si uno de los países coproductores puede hacer entrar libremente sus películas en el país importador, las coproducciones realizadas en virtud del presente Acuerdo disfrutarán de pleno derecho de esa posibilidad, al mismo título que las otras producciones nacionales del país coproductor en cuestión, siempre y cuando este último acuerde su consentimiento.

Colombia Art. XIII Se aprueba el Acuerdo de Coproducción Audiovisual entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Canadá, hecho y firmado en la ciudad de Bogotá, D. C., a los diez (10) días del mes de julio de dos mil dos (2002)
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Buenos días

Tengo una liquidación de sociedad conyugal, durante el proceso se dejaron de tener en cuenta en el inventario y avalúo algunos pasivos y recompensas puedo pedir inventario y avalúo adicionales teniendo en cuenta el artículo 503 ?

Muchas gracias


¡Buen día! Si gusta puedo darle mi apreciación jurídica sobre el caso; soy abogado; Whatsapp 3175640466.


¡Buen día! Si gusta puedo darle mi apreciación jurídica sobre su caso; soy abogado; Whatsapp 3175640466.


Hola. mi consulta es sobre arriendo de local comercial. Acabo de cumplir 4 años en un local. El contrato se renovó por periodo de un año el 1 de octubre de 2024 (hasta 1 de octubre de 2025). el dueño del local puso en venta la casa y parece que hay un comprador. En caso que se cierre el negocio y se venda la casa, el nuevo dueño me puede sacar del local? me deben dar un tiempo para irme? aplica alguna indemnizacion a mi favor?


Buen día, quisiera saber si un trabajador que lleva laborando en una empresa por más de 15 años con contratos a término fijo de un año (cada año en enero se renueva después del periodo de vacaciones), si la empresa decide no renovar ese contrato, el trabajador tiene derecho a una indemnización por el tiempo que lleva laborando?


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