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Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Federativa del B Artículo 4 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/07/2024

Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Federativa del Brasil sobre Cooperación en materia de la defensa
Artículo 4. Responsabilidad civil



1. Una Parte no instituirá ninguna acción civil contra la otra Parte o contra un miembro acreditado de las Fuerzas Militares de la otra Parte por daños causados en el ejercicio de las actividades que se enmarcan en el ámbito del presente Acuerdo. En caso de originarse controversia será resuelta en la forma prevista en el Artículo 8 de este Convenio.

2. Cuando miembros de las Fuerzas Militares de una de las Partes causen pérdida o daños a terceros por imprudencia, impericia, negligencia o intencionalmente, tal Parte será responsable por la pérdida o daño, en los términos de la legislación vigente del Estado anfitrión.

3. En los términos de la legislación nacional del Estado anfitrión, las Partes indemnizarán cualquier daño causado a terceros por miembros de sus Fuerzas Militares, por ocasión de la ejecución de sus deberes oficiales en términos de este Acuerdo.

4. Si las Fuerzas Militares de ambas Partes son responsables por las pérdidas o daños causados a terceros, asumirán ambas, solidariamente, la responsabilidad.

Colombia Art. 4 Se aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Federativa del Brasil sobre Cooperación en materia de la defensa, suscrito en Bogotá el 19 de julio de 2008
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buenas tardes, en una suspension de contrato se debe pagar el dominical?


Este artículo 718 del Cód de Comercio indica que el cheque debe cobrarse dentro de los 15 días después de su fecha, no obstante esto no implica que la prescripción del cheque sea de 1 días. Al respecto, debemos guiarnos por lo que indica el art 721, en el que se dice que el banco debe pagar el cheque incluso luego de 6 meses, por tanto para determinar el fenómeno de la prescripción de un cheque, tomamos como base este plazo.


Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)

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Es preciso indicar que el titular de la acción penal en este delito es la persona juridica prestadora del servicio publico, y no el tercero (ejem propiedades horizontales, copropietarios ) afectado este ultimo podría alegar una Estafa.


Mediante la Sentencia C-028 del 2024, la Corte Constitucional eliminó de este artículo la expresión:

“Las autoridades de emigración exigirán copia de la providencia con la constancia de ejecutoria”,

esto ya que dicha orden, significaba un riesgo para la intimidad que desean tener las familias con hijos adoptados, pues al tener que cumplir ese requisito, se corría el riesgo de que los niños llegaran a enterarse que sus padres no son biológicos, sino adoptivos, lo cual es una realidad que los padres tienen todo el derecho a decidir cuándo se la informan a sus hijos.


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este articulo se refiere a los honorarios de los abogados ?

en donde busco quien paga los honorarios de los abogados en caso de ganar?


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