Se aprueba el Acuerdo para la Creación del Mercado Común Cinematográfico Latinoamericano, hecho en Caracas, el 11 de noviembre de 1989 (Acuerdo para la Creación del Mercado Común Cinematográfico Latinoamericano) Colombia
Acuerdo para la Creación del Mercado Común Cinematográfico Latinoamericano
- Artículo 1o. El Mercado Común Cinematográfico Latinoamericano tendrá...
- Artículo 2o. A los fines del presente Acuerdo se considera obra cinematográfica...
- Artículo 3o. Las Partes procurarán introducir en su ordenamiento jurídico...
- Artículo 4o. Cada Estado miembro del presente Acuerdo tendrá derecho a una...
- Artículo 5o. Las autoridades de cinematografía de cada país productor,...
- Artículo 6o. En caso de selección previa por la Autoridad Cinematográfica...
- Artículo 7o. La autoridad cinematográfica de cada país exhibidor,...
- Artículo 8o. Queda entendido que las obras cinematográficas participantes del...
- Artículo 9o. El presente Acuerdo estará sujeto a ratificación....
- Artículo 10. El presente Acuerdo quedará abierto a la adhesión de los...
- Artículo 11. Cualquiera de las Partes podrá en cualquier momento denunciar el...
- Artículo 12. Las dudas o controversias que pudieran surgir en la interpretación o...
Otras regulaciones
La Nación declara Patrimonio Histórico y Cultural de la Nación al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo Tratado sobre traslado de personas condenadas entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Cuba Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 2013 La nación se vincula a la conmemoración y rinde homenaje público al municipio de Pinchote, departamento de Santander, con motivo de la celebración de los 235 años de su fundación La Nación se asocia a la celebración del Centenario de VersallesMejores juristas





Buenas tardes.
En febrero cumple 54 años, he estado cotizando para pensión y tengo 1200 semanas en fondo privado (lastimosamente), en la empresa que estoy actualmente, llevo desde agosto del 2012, pero hasta el 16 de enero del 2017, firme contrato indefinido, anteriormente estaba por prestación de servicios. Hoy recibo la noticias que el jefe quiere cerrar la empresa, es decir trabajaríamos hasta el 31 de enero. Dos preguntas: Primero: En este caso ellos deben pagar indemnización? .Segunda: en mi caso, existe algo estipulado, ya que estaría a tres años de recibir pensión. Gracias.
Puedo constituir un Fideicomiso a nombre de mis hijos legitimos con una condicion de que en el caso de muerte de uno de los conyugues solo pasara el bien cuando fallezcamos los dos?
Tengo doble nacionalidad, Colombo-Americana y poseo licencia de USA vigente, y cuando ingreso a Colombia lo hago como ciudadano Colombiano; por lo tanto, no tengo limite de estadia en Colombia. Quiero saber si de acuerdo con lo que establece el articulo 25 "Las licencias de conducción, expedidas en otro país, que se encuentren vigentes y que sean utilizadas por turistas o personas en tránsito en el territorio nacional, serán válidas y admitidas para conducir en Colombia durante la permanencia autorizada a su titular, conforme a las disposiciones internacionales sobre la materia." Asi las cosas, tendria derecho a conducir durante mi permanencia indefinida en mi pais, con mi licencia vigente Americana? Ó, existe alguna reglamentacion especial en este caso?
la prueba de ADN tiene que ser dada a conocer al demandado...
Cordial saludo,
A su pregunta: "Quiero saber hay violacion del protocolo de bioseguridad si dos personas que pertenezcan al mismo nucleo familiar y se encuentren sin tapabocas en un area privada de una.propiedad horizontal donde no hay nadie.mas"
Respondemos: La ley no establece protocolos de bioseguridad, sino lo son las alcaldías y las propiedades horizontales. De tal manera, usted debe consultar estos protocolos para saber si es una violación al mismo o no.
Atentamente,
Mario Montenegro
Dirección: Carrera 6 #11-87 oficina 601
Email: contacto@montenegrogalindo.com
Sitio web: www.montenegrogalindo.com
WhatsApp: 573057709651
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