< Bogotá D.C.

Nombre: Montenegro Galindo Abogados

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Número de teléfono:
Está en el sitio desde: 08/11/19
Ciudad: Bogotá D.C.
Dirección: Carrera 6 #11-87 oficina 601
WhatsApp: 573057709651
Comienzo de la práctica jurídica: 2000
Año de nacimiento: 1972
Educación: Universidad Nacional de Colombia

Los comentarios del abogado Montenegro Galindo Abogados

Cordial saludo,

A su pregunta: "¿Dentro del proceso disciplinario al quejoso anónimo, si la entidad se inhibe de iniciar actuación se debe comuniar?"

Respondemos: En principio sí, siempre que sea materialmente posible.

Atentamente,

Mario Montenegro


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Email: contacto@montenegrogalindo.com

Sitio web: www.montenegrogalindo.com

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CONTÁCTENOS. Somos abogados egresados de la Universidad Nacional de Colombia con más de 20 años de experiencia defendiendo a los ciudadanos.

Para ayudarle con profundidad y que lo guiemos: LLÁMENOS o ESCRÍBANOS, a nuestro teléfono, email o WhatsApp.



Cordial saludo,

A su pregunta: "se acepto un convenio de pago con la aseguradora de dhl colombia por daños y retrasos en el envio de una mercancia, en ese convenio se establecia la clausula de subrogacion. nos solicitaban el envio del acuerdo firmado y la certificacion bancaria solo enviamos el acuerdo de pago firmado sin la certificacion bancaria nos respondieron que debiamos enviar la certificacion bancaria y la respuesta que le dimos fue que se nos hacia imposible entregar la mercancia a la aseguradora para que ellos estuvieran la tanto y nos indicaran que se podria hacer en ese caso, luego 3 dias despues nos solicitan nuevamente la certificacion bancaria entendimos con esa solicitud que ya estaban con conocimiento de la inconformidad presentada de no querer enviar la mercancia y por ende conformes en liberar la entrega de la misma(como un reconocimiento tacito) por ello a esa solicitud decidimos enviar la certificacion bancaria, pero nuevamente nos solicitan que debemos entregar la mercancia... que se puede hacer en este caso?"

Respondemos: Como le respondíamos por privado, puede comunicarse con la SIC o aceptar la devolución del producto para recibir la devolución del dinero.

Atentamente,

Mario Montenegro


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Cordial saludo,

A su pregunta: "Buen día.En que momento se debe notificar al demandado en un proceso ejecutivo. Gracias"

Respondemos: Depende si hay o no medidas cautelares.

Atentamente,

Mario Montenegro


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Cordial saludo,

A su pregunta: "Buen día, quería preguntar: en el articulo 447, del código de comercio habla de una multa de diez mil a cincuenta mil pesos, este valor no es muy bajo para la gravedad de no entregar los documentos para inspección?"

Respondemos: Esta norma no es la única que se aplica para el caso de que no permitan inspeccionar libros, y puede ser incluso de más de cien salarios mínimos.

Atentamente,

Mario Montenegro


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Cordial saludo,

A su pregunta: "¿Están mis tíos en el derecho de echarnos de la casa? ¿Es justo que se reparta la herencia en partes iguales sin que se tenga en cuenta la inversión que se le hizo a la casa?  ¿Podríamos solicitar la prescripción adquisitiva de la casa? "

Respondemos: Más allá de lo justo o no, sí es relativamente legal que ellos tengan derecho a la casa. No encuentro lugar a una prescripción.

Atentamente,

Mario Montenegro


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Cordial saludo,

A su pregunta: "Buenas noches, a que se refiere el numeral 2 de l articulo 547. cuando el el deudor esta al día en un proceso de insolvencia y le siguen el proceso al deudor solidario, es legal y constitucional?"

Respondemos: En principio es legal y constitucional, pero por supuesto no es tan perjudicial para los deudores solidarios en cuanto los derechos se modifican, pero no siempre es tan fácil alegar esto. Por eso siempre debe hacerse la insovencia con un abogado experto en el tema.

Atentamente,

Mario Montenegro


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A su pregunta: "Con respecto al "Artículo 2195. Ejecución de mandato posterior a la muerte del mandante", por qué aún existe en la letra menuda de los contratos de libranza con los pensionados, esta exigencia, si de entrada las entidades financieras se están cobrando un seguro de vida para asegurar el pago total de la deuda, en caso de muerte; por otro lado vuelven y se cobran la deuda amarrando este Articulo 2195 en las condiciones del préstamo. Cuando ambas existen se podría decir que son cláusulas abusivas."

Respondemos: Definitivamente colocar las dos cláusulas es abusivo, y puede alegarse en caso de que lo hagan. Generalmente, las entidades que prestan dinero por libranza comenten varias irregularidades.

Atentamente,

Mario Montenegro


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Quiero hacer una pregunta cuanto tiempo demora la entrega de cesantias despues de llevar los documento y todo en regla es de una persona fallecida pero dijeron q 30 dias desembolsaban y ya dijeron q de 3 a 6 meses quisiera saber cuanto es el tiempo establecidoCordial saludo,

A su pregunta: "Quiero hacer una pregunta cuanto tiempo demora la entrega de cesantias despues de llevar los documento y todo en regla es de una persona fallecida pero dijeron q 30 dias desembolsaban y ya dijeron q de 3 a 6 meses quisiera saber cuanto es el tiempo establecido"

Respondemos: Generalmente cuando es por el fallecimiento de una persona, se pueden demorar hasta seis meses. Si se llegan a demorar más tiempo, contáctenos para ayudarles.

Atentamente,

Mario Montenegro


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Cordial saludo,

A su pregunta: "En un conjunto cerrado cada dos meses tengo el problema de tapado de tubería ocasionando la salida de agua por el lava platos y lava mano, el hinodoro no baja, no se va el agua por el desague del patio y baño. Este problema porque la tubería es muy angosta y esta inclinada y todos los residuos que hechan por los inodoros y lavaplatos y lava manos se queda estancada en la torre donde se encuentra mi apto. Pregunto quien asume el valor del arreglo de esta tuberia, la administración o los copropietarios?"

Respondemos: En principio la administración. Aunque le doy el consejo jurídico, de que busquen a la compañía de seguros de la copropiedad, porque muchas veces la póliza cubre estas reparaciones.

Atentamente,

Mario Montenegro


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A su pregunta: "Buenas noches, quisiera saber si un bien inmueble producto de una parcelación que en escritura publica aparece en la figura de cuasicontrato, surge los mismos derechos al adquirente que en un contrato de compraventa."

Respondemos: En principio sí, pero a la vez, no sería un cuasicontrato en teoría.

Atentamente,

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Para otorgar un permiso de salida temporal de un menor, cuyo padre o madre está en el extranjero, es posible firmarlo en una notaría en el país extranjero y que se envíe a Colombia, siempre y cuando el documento esté debidamente autenticado, se apostille y al llegar a Colombia se traduzca. Esto, con fundamento en El artículo 110 de este Código de la Infancia y la Adolescencia el cual indica que el permiso debe ser autenticado ante notario o autoridad consular, así como en el Decreto 2150 de 1995 que establece que la autorización de salida del país puede ser otorgada mediante escritura pública, lo cual puede realizarse en una notaría y debe incluir constancia de vigencia cada vez que el menor salga del territorio colombiano.


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Hola, si requiero hacer la cancelación de una moto la cual quedo en perdida total, pero debido a que el día del accidente por motivos climáticos y en horas de la noche no asistió la policía de carretera y no se realizo croquis, y en la secretaria de transito me exige que en el RUNT este subido, el croquis y el reporte de la policía, y como ya antes mencionado este no existen. Pero la sijin y la aseguradora ya confirmaron y dieron los respectivos reportes.

que debo de realizar para solicitar la cancelación de la matricula sin este reporte, ni el croquis. debido que asisto a las oficinas de la secretaria de transito y lo solicito y no me dan razón alguna.

ramiro mariño osorio

3134973535

ramiromarioso523@gmail.com



buenas noches soy militar tengo una pregunta si en la notificacion para abrir un proceso disciplinario hay un error de la cedula, el proceso sigue teniendo validez , puede seguir el debido proceso o se cae

si en una orden militar no hay pruebas de se le imaprtio de manera directa o indirecta para que el subornidado la cumpla, no esta obligado a cumplir un correctivo que se derive de esa orden militar que no importarida por los vanales y medios ordenados

celular 3015393109



Recordemos que en la Sentencia 1177 del año 2020 de la Sala Penal , la Corte Suprema de Justicia destacó la importancia de que se permita la vía extraordinaria de casación, cuando se niega la prisión domiciliaria de manera controvertible, subrayando la necesidad de garantizar el derecho material del procesado. La Corte señaló que, en casos donde el fallo de instancia niega la prisión domiciliaria, es imperioso permitir la impugnación extraordinaria de casación para reparar errores que solo pueden ser corregidos por la Corte. Este enfoque implica entonces el nacimiento de una causal para alegar casación, ya que busca asegurar que los procesados no sufran las consecuencias de decisiones judiciales incorrectas sin tener la oportunidad de oponerse. Allí adicionalmente se reiteró la importancia de evaluar adecuadamente el arraigo familiar y social de los condenados, para conceder o negar la prisión domiciliaria.


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