Código Civil Artículo 253 Colombia
Código Civil
Artículo 253. Crianza y educacion de los hijos
Toca de consuno a los padres, o al padre o madre sobreviviente, el cuidado personal de la crianza y educación de sus hijos legítimos. Colombia Art. 253 CC
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Kevin Prieto Malaver
Socio Fundador
Buen dia , como puedo hacerpara que el padre de mis hijos (que es sargento de la policia) me mande para la educacion de mis hijos tenemos dos hijos una 18 que en la Universidad y el niño de 11 que en la escuela , a un estamos casados el me abando por una mujer menor , solo manda para la comida y nada mas y no se a donde recurrir para q lo obliguen a cubrir los gastos de eeducacion de mis hijos, les agradeceria una orientación yo estoy desempleada
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