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C Cio Artículo 823 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 02/12/2023

Código de Comercio
Artículo 823. Idioma castellano

Los términos técnicos o usuales que se emplean en documentos destinados a probar contratos u obligaciones mercantiles, o que se refieran a la ejecución de dichos contratos u obligaciones, se entenderán en el sentido que tengan en el idioma castellano.

Cuando se hayan utilizado simultáneamente varios idiomas, se entenderán dichos términos en el sentido que tengan en castellano, si este idioma fue usado; en su defecto, se estará a la versión española que más se acerque al significado del texto original.

El sentido o significado de que trata este artículo es el jurídico que tenga el término o locución en el respectivo idioma, o el técnico que le dé la ciencia o arte a que pertenezca o finalmente el sentido natural y obvio del idioma a que corresponda.



Colombia Art. 823 CCom, CDC, C Co
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Artículo 1o ...821 822 823 824 825 ...2038

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según el código de comercio ¿ los actos mercantiles de que naturaleza son?


según el código de comercio ¿ los actos mercantiles de que naturaleza son?


Buenos dias , tengo una duda cuando en este caso 1 de los 9 hijos se hace cargo de la madre y ella tiene sus bienes y propiedades , la administracion de dichos bienes a quien le compete?, la madre esta lucida y en sano juicio, pero los otros hermanos quieren tener el control de todo dejando sin ayuda a la persona que se queda con ella.


Si tengo una licencia vencida, puedo i9niciar obra y luego actualizarla.


si yo tambien soy menor de edad sigue siendo delito ?


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