Código de Minas Artículo 15 Colombia
Código de Minas
Artículo 15. Naturaleza del derecho del beneficiario
El contrato de concesión y los demás títulos emanados del Estado de que trata el artículo anterior, no transfieren al beneficiario un derecho de propiedad de los minerales "in situ" sino el de establecer, en forma exclusiva y temporal dentro del área otorgada, la existencia de minerales en cantidad y calidad aprovechables, a apropiárselos mediante su extracción o captación y a gravar los predios de terceros con las servidumbres necesarias para el ejercicio eficiente de dichas actividades.
Colombia Art. 15 Código de Minas
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Buenas! Tengo una pregunta ¿cuales son las excepciones establecidas por la ley? Pues es de lo que habla el articulo y quisiera saber..
que paso si los padres no cumplen esta ley
Buenos días, me impusieron un comparendo el 20 de diciembre de 2019, hice derecho de petición el 26 de diciembre del mismo año, la resolución y fallo se dictaron el 22 de febrero del 2021. Mi pregunta es, aplica la CADUCIDAD ya que dicho comparendo no fue resuelto durante el año que dicta el artículo 161 de la ley 769 del 2002.
explicacion del articulo 34
Llevo 5 años laborando para una empresa con contrato a termino indefinido, pero únicamente he recibido dotación 2 veces en todo este tiempo. Al principio ignoraba esta situación como empleado. ¿Es posible hacer algo al respecto en este momento?
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