Código de Procedimiento Penal Artículo 383 Colombia
Código de Procedimiento Penal
Artículo 383. Obligación de rendir testimonio
Toda persona está obligada a rendir, bajo juramento, el testimonio que se le solicite en el juicio oral y público o como prueba anticipada, salvo las excepciones constitucionales y legales.Al testigo menor de doce (12) años no se le recibirá juramento y en la diligencia deberá estar asistido, en lo posible, por su representante legal o por un pariente mayor de edad. El juez, con fundamento en motivos razonables, podrá practicar el testimonio del menor fuera de la sala de audiencia, de acuerdo con lo previsto en el numeral 5o. del artículo 146 de este código, pero siempre en presencia de las partes, quienes harán el interrogatorio como si fuera en juicio público.
Colombia Art. 383 CPP
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Sanciones disciplinarias, cuándo y por qué se imponen
Dado que las sanciones deben respetar los principios de gradualidad y proporcionalidad, en función de la gravedad, las sanciones siguen criterios predefinidos que tienen en cuenta
la intencionalidad del comportamiento
grados de negligencia
imprudencia o inexperiencia
la relevancia de las obligaciones infringidas
el grado de daño o peligro causado a la empresa o al usuario
presencia de circunstancias agravantes
reincidencia.
Al trabajador que sea responsable de más de una infracción cometida con una sola acción u omisión o con más de una acción u omisión conectadas entre sí -y notificadas a través de un único procedimiento- se le aplicará la sanción prevista para la infracción más grave si las distintas infracciones se castigan con sanciones de diferente gravedad.
Desde una amonestación verbal o escrita hasta una multa de 4 horas de sueldo
el incumplimiento de las normas de servicio, incluidas las relativas a las ausencias por enfermedad, así como el horario de trabajo
conductas que no se ajusten, en el ámbito laboral, a los principios de equidad hacia los superiores u otros empleados o hacia los usuarios o terceros
la negligencia en la ejecución de las tareas encomendadas, en el cuidado de los locales y de los bienes muebles o instrumentos que le hayan sido confiados o sobre los que, en relación con sus responsabilidades, deba realizar actividades de custodia o supervisión
la inobservancia de las obligaciones en materia de prevención de accidentes y seguridad en el trabajo cuando de ello no se deriven daños o perjuicios para el servicio o los intereses de la Empresa o Entidad o de terceros
la negativa a someterse a las visitas personales ordenadas para proteger el patrimonio de la empresa
rendimiento inadecuado en el desempeño de las tareas asignadas
La infracción de los deberes y obligaciones de conducta no incluidos específicamente en las cartas anteriores, que hayan dado lugar a la ineficacia o al daño o peligro para la Empresa o Entidad, los usuarios o terceros.
La cantidad retenida en concepto de multas se consigna en el presupuesto de la empresa y se destina a actividades sociales en favor de los empleados.
Suspensión de empleo y sueldo hasta un máximo de 10 días
faltas especialmente graves
la ausencia injustificada del servicio o el abandono arbitrario del mismo; en estos casos, el alcance de la sanción se determina en relación con la duración de la ausencia o el abandono del servicio, la ineficacia que se haya producido, la gravedad de la violación de los deberes del trabajador, los posibles perjuicios causados a la Empresa, a los usuarios o a terceros
retraso injustificado, no superior a 5 días, en el traslado al lugar asignado por los superiores
realización de actividades que retrasan la recuperación psicofísica durante una enfermedad o lesión
manifestaciones insultantes contra la Empresa o Entidad, salvo que sean expresión de la libertad de pensamiento
actos, comportamientos o acosos que atenten contra la dignidad de la persona
actos o comportamientos agresivos hostiles y denigrantes, en el entorno laboral, que se concretan en violencia moral hacia otro empleado, comportamientos amenazantes, insultantes, calumniosos o difamatorios hacia otros empleados o usuarios o terceros
La violación de los deberes y obligaciones de conducta no incluidos específicamente en el apartado anterior de la que se deriven, en todo caso, graves perjuicios para la empresa o institución y los usuarios o terceros.
Suspensión de empleo y sueldo desde 11 días hasta un máximo de 6 meses
reincidencia en conductas graves
la ocultación, por parte de la persona responsable de la custodia, control o supervisión, de hechos y circunstancias relacionados con el uso ilegal, la manipulación, la apropiación indebida o la sustracción de sumas de dinero o bienes pertenecientes a la empresa que le hayan sido confiados
actos, comportamientos o acosos de carácter sexual cuando no haya gravedad o repetición de los mismos
altercados con acciones de hecho (acciones de fuerza) en el lugar de trabajo, incluso con usuarios
la violación de los deberes y obligaciones de comportamiento no incluidos anteriormente, pero que causaron un grave perjuicio a la Empresa, a los usuarios o a terceros
hasta dos ausencias injustificadas del servicio en continuidad con las vacaciones y los días de descanso semanal
las ausencias colectivas injustificadas durante los periodos en los que es necesario garantizar la continuidad en la prestación de los servicios a los usuarios.
Compre una casa campestre . Puedo parcelar este predio, no quiero ser parte de este condominio puesto q no cumple con áreas de deporte y dejas características q conforman un condominio . También a lado de mi casa ahí una casa campestre q parceló y no hace parte de este condominio
Se puede desistir de la denuncia frente al delito de contaminacion ambiental por residuos solidos establecido en el articulo 332a del codigo penal?
Muy amables, gracias por su pronta respuesta
Cordial saludo,
A su pregunta: "Cuales son los requisitos de fondo de la demanda."
Respondemos: Son varios, que varían según el tipo de demanda. Pero en principio, son los que prueben la relación sustancial contenciosa
Atentamente,
Mario Montenegro
Dirección: Carrera 6 #11-87 oficina 601
Email: contacto@montenegrogalindo.com
Sitio web: www.montenegrogalindo.com
WhatsApp: 573057709651
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