Codigo de Regimen Municipal Artículo 311 Colombia
Codigo de Regimen Municipal
Artículo 311.
Para la mejor administración y prestación de los servicios a cargo de los Municipios, los Concejos podrán dividir el territorio de sus respectivos Distritos en sectores que se denominarán Comunas, cuando se trate de áreas urbanas y Corregimientos, en los casos de las zonas rurales. Ninguna Comuna podrá tener menos de diez mil (10.000) habitantes. Los acuerdos sobre señalamientos de límites a las Comunas o Corregimientos sólo podrán ser dictados o reformados a iniciativa del Alcalde.
Colombia Art. 311 Codigo de Regimen Municipal
Mejores juristas





Buenas noches, para un contrato de prestación de servicios existe la prorroga automática.
que pasa cuando, se avoca el conocimiento de una infracciòn Urbanistica pasados mas de tres años de su ocurrencia,basados en ley 1801 de 2016, es aplicable el artìculo 223 de la norma de policia? o que se debe decretar?
Un contrato por un ano se entiende que es menor que un ano?
Cordial saludo, Puedo realizar la disolución del matrimonio civil de mutuo acuerdo de las dos personas, como debo realizar este procedimiento
Buenas noches para todos
Los gatos pueden transitar en los parques sin una correa especial en compañía de sus dueños?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios