Código Deontológico y Bioético Artículo 2o Colombia
Código Deontológico y Bioético
Artículo 2o. De los principios generales
Los psicólogos que ejerzan su profesión en Colombia se regirán por los siguientes principios universales:1. Responsabilidad. Al ofrecer sus servicios los psicólogos mantendrán los más altos estándares de su profesión. Aceptarán la responsabilidad de las consecuencias de sus actos y pondrán todo el empeño para asegurar que sus servicios sean usados de manera correcta.
2. Competencia. El mantenimiento de altos estándares de competencia será una responsabilidad compartida por todos los psicólogos interesados en el bienestar social y en la profesión como un todo. Los psicólogos reconocerán los límites de su competencia y las limitaciones de sus técnicas. Solamente prestarán sus servicios y utilizarán técnicas para los cuales se encuentran cualificados.
En aquellas áreas en las que todavía no existan estándares reconocidos, los psicólogos tomarán las precauciones que sean necesarias para proteger el bienestar de sus usuarios. Se mantendrán actualizados en los avances científicos y profesionales relacionados con los servicios que prestan.
3. Estándares morales y legales. Los estándares de conducta moral y ética de los psicólogos son similares a los de los demás ciudadanos, a excepción de aquello que puede comprometer el desempeño de sus responsabilidades profesionales o reducir la confianza pública en la Psicología y en los psicólogos. Con relación a su propia conducta, los psicólogos estarán atentos para regirse por los estándares de la comunidad y en el posible impacto que la conformidad o desviación de esos estándares puede tener sobre la calidad de su desempeño como psicólogos.
4. Anuncios públicos. Los anuncios públicos, los avisos de servicios, las propagandas y las actividades de promoción de los psicólogos servirán para facilitar un juicio y una elección bien informados. Los psicólogos publicarán cuidadosa y objetivamente sus competencias profesionales, sus afiliaciones y funciones, lo mismo que las instituciones u organizaciones con las cuales ellos o los anuncios pueden estar asociados.
5. Confidencialidad. Los psicólogos tienen una obligación básica respecto a la confidencialidad de la información obtenida de las personas en el desarrollo de su trabajo como psicólogos. Revelarán tal información a los demás solo con el consentimiento de la persona o del representante legal de la persona, excepto en aquellas circunstancias particulares en que no hacerlo llevaría a un evidente daño a la persona u a otros. Los psicólogos informarán a sus usuarios de las limitaciones legales de la confidencialidad.
6. Bienestar del usuario. Los psicólogos respetarán la integridad y protegerán el bienestar de las personas y de los grupos con los cuales trabajan. Cuando se generan conflictos de intereses entre los usuarios y las instituciones que emplean psicólogos, los mismos psicólogos deben aclarar la naturaleza y la direccionalidad de su lealtad y responsabilidad y deben mantener a todas las partes informadas de sus compromisos. Los psicólogos mantendrán suficientemente informados a los usuarios tanto del propósito como de la naturaleza de las valoraciones, de las intervenciones educativas o de los procedimientos de entrenamiento y reconocerán la libertad de participación que tienen los usuarios, estudiantes o participantes de una investigación.
7. Relaciones profesionales. Los psicólogos actuarán con la debida consideración respecto de las necesidades, competencias especiales y obligaciones de sus colegas en la Psicología y en otras profesiones. Respetarán las prerrogativas y las obligaciones de las instituciones u organizaciones con las cuales otros colegas están asociados.
8. Evaluación de técnicas. En el desarrollo, publicación y utilización de los instrumentos de evaluación, los psicólogos se esforzarán por promover el bienestar y los mejores intereses del cliente. Evitarán el uso indebido de los resultados de la evaluación. Respetarán el derecho de los usuarios de conocer los resultados, las interpretaciones hechas y las bases de sus conclusiones y recomendaciones. Se esforzarán por mantener la seguridad de las pruebas y de otras técnicas de evaluación dentro de los límites de los mandatos legales. Harán lo posible para garantizar por parte de otros el uso debido de las técnicas de evaluación.
9. Investigación con participantes humanos. La decisión de acometer una investigación descansa sobre el juicio que hace cada psicólogo sobre cómo contribuir mejor al desarrollo de la Psicología y al bienestar humano. Tomada la decisión, para desarrollar la investigación el psicólogo considera las diferentes alternativas hacia las cuales puede dirigir los esfuerzos y los recursos. Sobre la base de esta consideración, el psicólogo aborda la investigación respetando la dignidad y el bienestar de las personas que participan y con pleno conocimiento de las normas legales y de los estándares profesionales que regulan la conducta de la investiga ción con participantes humanos.
10. Cuidado y uso de animales. Un investigador de la conducta animal hace lo posible para desarrollar el conocimiento de los principios básicos de la conducta y contribuye para mejorar la salud y el bienestar del hombre. En consideración a estos fines, el investigador asegura el bienestar de los animales.
Al analizar y decidir sobre los casos de violación a la ética profesional del psicólogo, si no existen leyes y regulaciones, la protección de los animales depende de la propia conciencia del científico.
DE LA ACTIVIDAD PROFESIONAL DEL PSICOLOGO.
Colombia Art. 2o Se reglamenta el ejercicio de la profesión de Psicología, se dicta el Código Deontológico y Bioético y otras disposiciones Ley 1090 de 2006
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Johanna Pinto
Norman Agudelo
JORGE IVAN POSADA
En principio no deberían exigirle usar el uniforme un domingo si ese día es su descanso y usted no está laborando ni debe presentarse o permanecer disponible para la empresa. El uniforme puede exigirse como condición para prestar el servicio, pero la orden no debería utilizarse para imponerle trabajo gratuito o restringir injustificadamente su día de descanso. Si el domingo es un día programado de trabajo según su contrato, horario o turnos o le exigen asistir al lugar de trabajo, recibir instrucciones, atender público, hacer una actividad o permanecer disponible para la empresa, existe trabajo efectivo o tiempo a disposición del empleador, y debe reconocerse la remuneración correspondiente. Es decir, el orden no es que a ud le exijan trabaja el domingo y por el hecho de que no se lo paguen, no le puedan exigir el uniforme, el orden es que si a ud le toca trabajar un domingo, tanto ellos como ud cumplan sus obligaciones. Ud usar su uniforme y ellos pagarle.
Bien día, en mi trabajo me pueden exigir usar el uniforme un día domingo, cuando no me lo pagan como día laborado?
la interseotacion de comunicaciones es un delito,que pasa si mi teléfono lo intersepta otra persona.
Para afiliarse a una Cámara de Comercio, los libros de actas y de registro de socios o accionistas no necesitan tener dos años de antigüedad. Los dos años exigidos por este art 92 del Cód de Comercio se refieren a tener mínimo dos años consecutivos de matrícula mercantil, haber ejercido la actividad comercial durante ese tiempo y haber cumplido permanentemente las obligaciones como comerciante. Por eso, no es necesario esperar dos años desde la inscripción de los libros para solicitar la afiliación. Sin embargo, la Cámara verifica que la sociedad haya inscrito los libros, especialmente el de actas y el de socios o accionistas. Si estos libros fueron registrados tardíamente, la Cámara puede llegar a considerar que existió un incumplimiento de las obligaciones y llegar a negar la afiliación, aunque en el momento de la solicitud de afiliación los libros ya estén inscritos. El registro tardío permite registrar información de períodos anteriores, pero no necesariamente elimina ese incumplimiento histórico para efectos de la afiliación; la Cámara debe valolar el cumplimiento conforme a la ley y al reglamento aplicable.
Es obligatorio que una empresa juridica tenga registrados los libros de actas y accionistas con 2 años de antiguedad, PARA PODER SER AFILIADO DE LA CAMARA DE COMERCIO?
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