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CGP Artículo 361 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Código General del Proceso
Artículo 361. Composición

Las costas están integradas por la totalidad de las expensas y gastos sufragados durante el curso del proceso y por las agencias en derecho.

Las costas serán tasadas y liquidadas con criterios objetivos y verificables en el expediente, de conformidad con lo señalado en los artículos siguientes.

EXPENSAS.

Colombia Art. 361 Código General del Proceso
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Artículo 1o ...359 360 361 362 363 ...627

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Los comentarios de los usuarios

Buenas Tardes, me están cobrando colpensiones cartera las costas de un proceso laboral y del tribunal superior de Medellin, las cuales se ejecutoriaron las primeras el 09 de febrero de 2015 y las segundas el 11 de marzo de 2014, me notificaron el mandamiento de pago del cobro coactivo el 28 de febrero de 2020. Quiero saber si estas costas ya no estaban prescritas? Quedo atenta muchas gracias.

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