Código Penal Artículo 93 Colombia
Código Penal
Artículo 93. Extension de las anteriores disposiciones
Las reglas anteriormente enunciadas se aplicarán a las medidas de seguridad, en cuanto no se opongan a la naturaleza de las mismas. DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL DERIVADA DE LA CONDUCTA PUNIBLE
Colombia Art. 93 CP
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Es el juez quien tiene la atribución de cuantificar y señalar el monto y la clase de caución que deberá prestar el ejecutado. Aunque la ley establece que el valor es el de la ejecución más un 50%, el juez debe aprobar la modalidad y una vez presentada la póliza, el juez calificará su suficiencia y la aceptará o rechazará.
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Entiendo que el comprador no hizo el traspaso del carro y aparecen deudas de impuestos. Aunque exista promesa de compraventa, lo importante es el registro en tránsito. En estos casos puedes iniciar un proceso para obligar al comprador a cumplir con el traspaso y bajar la carga de las deudas de la herencia con lo que pueda llegarse a conseguir dentro de ese proceso.
Fernando Barrero. Te asesoro en sucesiones y problemas de vehículos con traspasos pendientes.
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Sí puedes desistir de un proceso judicial, incluso en uno de declaración de muerte por desaparecimiento. El desistimiento no genera sanciones propiamente dichas, solo implica que el trámite se archiva y ya no continúa. Más adelante, si cambian las circunstancias, podrías volver a iniciar el proceso.
Fernando Barrero. Puedo orientarte para tomar la mejor decisión en tu caso.
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Un consorcio no es persona jurídica, pero la ley le da capacidad para contratar con el Estado y responder en juicio. Por eso sí puede ser parte en un proceso, a través de su representante, y los integrantes responden solidariamente.
Te asesoro en casos de contratación estatal y defensa judicial.
Fernando Barrero.
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Ni tu vecino ni nadie puede quitarte el derecho a construir en tu propio lote. En estos casos se puede apelar la suspensión y pedirse protección si es que tu vecino sigue obstaculizando.
Puedo ayudarte en este tipo de procesos para defender tu derecho a construir.
Fernando Barrero
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Código Penal Artículo 267. Circunstancias de agravacion Código Civil Artículo 1937. Pacto comisorio con efectos de resolucion ipso facto Código de Procedimiento Penal Artículo 179D. Trámite Código Disciplinario Único Artículo 132. Petición y rechazo de pruebas Código General del Proceso Artículo 430. Mandamiento ejecutivoPublique la información de sí mismo
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