Se aprueba la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas, adoptada en Nueva York, el 28 de septiembre de 1954 (Convención sobre el Estatuto de los Apátridas) Colombia
Convención sobre el Estatuto de los Apátridas
- Artículo 1. Definición del término “apátrida”
- Artículo 2. Obligaciones generales
- Artículo 3. Prohibición de la discriminación
- Artículo 4. Religión
- Artículo 5. Derechos otorgados independientemente de esta convención
- Artículo 6. La expresión “en las mismas circunstancias”
- Artículo 7. Exención de reciprocidad
- Artículo 8. Exención de medidas excepcionales
- Artículo 9. Medidas provisionales
- Artículo 10. Continuidad de residencia
- Artículo 11. Marinos apátridas
- Artículo 12. Estatuto personal
- Artículo 13. Bienes muebles e inmuebles
- Artículo 14. Derechos de propiedad intelectual e industrial
- Artículo 15. Derecho de asociación
- Artículo 16. Acceso a los tribunales
- Artículo 17. Empleo remunerado
- Artículo 18. Trabajo por cuenta propia
- Artículo 19. Profesiones liberales
- Artículo 20. Racionamiento
- Artículo 21. Vivienda
- Artículo 22. Educación pública
- Artículo 23. Asistencia pública
- Artículo 24. Legislación del trabajo y seguros sociales
- Artículo 25. Ayuda administrativa
- Artículo 26. Libertad de circulación
- Artículo 27. Documentos de identidad
- Artículo 28. Documentos de viaje
- Artículo 29. Gravámenes fiscales
- Artículo 30. Transferencia de haberes
- Artículo 31. Expulsión
- Artículo 32. Naturalización
- Artículo 33. Información sobre leyes y reglamentos nacionales
- Artículo 34. Solución de controversias
- Artículo 35. Firma, ratificación y adhesión
- Artículo 36. Cláusula de aplicación territorial
- Artículo 37. Cláusula federal
- Artículo 38. Reservas
- Artículo 39. Entrada en vigor
- Artículo 40. Denuncia
- Artículo 41. Revisión
- Artículo 42. Notificaciones del secretario general de las naciones unidas
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Este artículo aplica para el sector privado, la norma principal que rige para el sector público es el Decreto 1083 de 2015, conocido como el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública. En su artículo 2.2.31.4, establece: “ARTÍCULO 2.2.31.4 Derecho a vacaciones. (...) 2. El personal científico que trabaje al servicio de campañas antituberculosas, así como los que laboren en el manejo y aplicación de rayos X y sus ayudantes, tienen derecho a quince (15) días hábiles de vacaciones por cada seis (6) meses de servicios.”
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A los aprendices del sena con contrato anterior al 1/07/2025 les aplica la nueva reforma laboral?
Cual es el articulo que reglamenta la Amonestación escrita, como sanción disciplinaria??
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en numeral 7 por que no adicionaron, funciones en la certificación laboral
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Normas para el manejo sostenible de especies de Fauna Silvestre y Acuática Artículo 22. Se crean los comités de integración territorial para la adopción de los planes de ordenamiento territorial Artículo 8o. Vigencia Código de Etica de los Técnicos Electricistas Artículo 65. Se autorizan operaciones de endeudamiento interno y externo de la Nación Artículo 21. Convenio de Reconocimiento Mutuo de Certificados de Estudios, Títulos y Grados Académicos de Educación Superior entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos Mexica...Publique la información de sí mismo
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