Se aprueba el Convenio Constitutivo del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe, suscrito en Madrid el 24 de julio de 1992 (Convenio Constitutivo del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el C) Colombia
Convenio Constitutivo del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe
- Artículo 1o. Objeto y funciones
- Artículo 2o. Miembros y recursos
- Artículo 3o. Estructura organizacional
- Artículo 4o. Administración
- Artículo 5o. Entidades cooperantes
- Artículo 6o. Operaciones y actividades
- Artículo 7o. Evaluación y seguimiento
- Artículo 8o. Retiro de miembros
- Artículo 9o. Terminación de operaciones
- Artículo 10. Personería jurídica
- Artículo 11. Inmunidades, exenciones y privilegios
- Artículo 12. Modificaciones
- Artículo 13. Disposiciones generales
- Artículo 14. Disposiciones finales
- Artículo 15. Disposiciones transitorias
Otras regulaciones
Se autoriza a la Asamblea del Departamento de Antioquia para emitir la Estampilla Pro-Hospitales Públicos de departamento de Antioquia Se dictan disposiciones para la gestión integral de los páramos La Nación se asocia a la celebración de los 78 años de existencia de una institución de servicio a la comunidad La Nación se asocia a la celebración del bicentenario de la fundación del Municipio de Bolívar Se declara como Patrimonio Genético Nacional la Raza Autóctona del Caballo de Paso Fino ColombianoMejores juristas





Buenas en mi caso tome la decisión de evadirme del batallón pasaron los 5 días Avilés para presentarme se dieron los meses y comense a investigar sobre el delito cometido una ves ya indagado en la página militar me aparece que estoy incorporado en otro batallón llame al jusgado de la brigada a la que estaba proscripto y me disen que no an tomado las declaraciones de los comandantes ¿ Que puedo Aser para acelerar el proceso ?
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Buenos días, según comprendo el predio que usted adquirió es objeto de un proceso de pertenencia por parte de un tercero. Existen algunas opciones para tener en cuenta, la primera es rescindir o dejar sin efectos la compraventa ya que se desconocía de que el inmueble se encotnraba con dicha situación, demostrando que ese era un vicio oculto. La segunda opción, hacerse parte del proceso de pertenencia tanto vendedor como comprador, demostrando que se ejerciero actos de señor y dueño sobre el predio y desvirtuar las pretenciones que por parte del presunto poseedor se hagan en dicho proceso.
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en las carretera rurales donde no existen lineas cortadas, y los trayectos de doble linea amarilla son muy extensos y se requiere adelantar por ejemplo vehiculo de carga que va a muy baja velocidad, ejemplo 10,20 kilometros por hora, y se necesita llegar con urgencia a una diligencia.....como adelantamos.....caso especial bus de pasajeros.......
Compré predio ya con demanda de pertenencia que hago?
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