Se aprueba el Convenio Cultural entre el Gobierno de la República de Colombia, y el Gobierno de la República Islámica de Irán, suscrito en Medellín el cuatro (4) de septiembre de mil novecientos noventa y siete (1997) (Convenio Cultural entre el Gobierno de la República de Colombia, y el Gobierno de la República Islám) Colombia
Convenio Cultural entre el Gobierno de la República de Colombia, y el Gobierno de la República Islámica de Irán
- Artículo 1o. Las Partes Contratantes con base al respeto por las leyes y reglamentos...
- Artículo 2o. Las Partes Contratantes, con el propósito de dar a conocer mutuamente...
- Artículo 3o. Las Partes Contratantes proporcionarán las facilidades necesarias para...
- Artículo 4o. Las Partes Contratantes de acuerdo con las leyes y reglamentos internos...
- Artículo 5o. Las Partes Contratantes se informarán de las ferias, festivales,...
- Artículo 6o. Las Partes Contratantes cooperarán para que los objetos considerados...
- Artículo 7o. Las Partes Contratantes facilitarán y promoverán la estrecha...
- Artículo 8o. Las Partes Contratantes facilitarán las becas que estimen otorgar en...
- Artículo 9o. Las Partes Contratantes examinarán y acordarán de conformidad...
- Artículo 10. Las Partes Contratantes estimularán y apoyarán los contactos...
- Artículo 11. Las Partes Contratantes propiciarán la cooperación y...
- Artículo 12. Con el fin de estudiar las medidas necesarias y adecuadas para la...
- Artículo 13. Con el fin de desarrollar el presente Convenio, las Partes Contratantes...
- Artículo 14. Cualquier controversia que pueda surgir en la interpretación o...
- Artículo 15. El presente Convenio entrará en vigor en la fecha en que ambas Partes...
Mejores juristas
·S E NS O R· Estudio Jurídico de Colombia
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Johanna Pinto
Norman Agudelo
JORGE IVAN POSADA
Si se mantiene la nacionalidad colombiana, para conducir legalmente en Colombia durante las visitas debe contar con licencia colombiana vigente. La licencia venezolana sería posible usarla si se ingresa y permanece jurídicamente como extranjero turista o persona en tránsito, lo que no ocurre en la situación de persona ciudadana colombiana que ingresa como tal.
Soy colombiano nacionalisado en Venezuela y resido hace muchos años puedo conducir con la licencia venezolana en colombia cuando voy de paso
A partir de la Ley 2466 de 2025 ya no se cuentan solo los domingos, sino todos los días de descanso obligatorio trabajados, o sea, domingos y festivos. Entonces, si se trabajan 1 o 2 días en el mes, es trabajo ocasional y el trabajador escoge entre descanso compensatorio remunerado o pago en dinero. Si trabaja 3 o más, es habitual y tiene derecho al recargo más el compensatorio por cada día trabajado.
Entonces si se trabajan 2 domingos + 1 festivo = 3 días y 2 domingos + 2 festivos = 4 días: en ambos casos hay trabajo habitual, con recargo y compensatorios. Si un festivo coincide con un domingo, se cuenta una sola vez, sin duplicar el recargo.
El recargo es del 90 % desde el 1 de julio de 2026 y llegará al 100 % desde el 1 de julio de 2027. El compensatorio se regula en los artículos 181 y 183 de este mismo código y se acostumbra descansarlo normalmente en la semana siguiente, pero esto se puede pactar.
La omisión de denuncia depende de quién omite denunciar y del tipo de delito: Si es un particular el art 441 del Cód Penal establece 3 a 8 años de prisión si sin justa causa, conoce y no denuncia inmediatamente alguno de los delitos que dice ese artículo, o sea, no aplica automáticamente a cualquier delito. Si el que omite es un servidor público el 417 impone multa y pérdida del cargo por omitir denunciar una conducta punible que deba investigarse de oficio y si se trata de uno de los delitos del artículo 441, pueden ser de 32 a 72 meses de prisión.
El art 68 permite en general no denunciar contra sí mismo, cónyuge/compañero permanente, determinados familiares y por secreto profesional, aunque existen excepciones importantes cuando se trata de delitos contra niños.
Hola, según la información sui un empleado labora 2 domingos y 1 festivo no tiene derecho a los 3 días compensatorios?
0 2 DOMINGOS Y 2 FESTIVOS QUE ESTAN DENTRO DEL MISMO MES
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Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital 1993 Artículo 35. Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente Artículo 229. Se establece la estructura orgánica e interna del Consejo Nacional Electoral Artículo 17. Oficina de vigilancia y fortalecimiento democrático Se expide el Reglamento del Congreso, el Senado y la Cámara de Representantes Artículo 63-6. Unidad coordinadora de asistencia técnica legislativa, uatl Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste contra la Contaminación Radiactiva Artículo 16. DenunciaRecomendados
Código Deontológico y Bioético Artículo 85. De los recursos Tratado sobre Delimitación Marítima entre la República de Colombia y la República de Honduras Acuerdo de Cooperación en Materia de Telecomunicaciones entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Argentina Monumento Nacional el Templo Parroquial San Antonio de Padua del municipio de Soledad Convención Internacional para la regulación de la Caza de BallenasPublique la información de sí mismo
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