Convenio de Cooperación Cultural entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la R Artículo XIII Colombia
Convenio de Cooperación Cultural entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Lituania
Artículo XIII.
El presente Acuerdo entrará en vigor una vez que se hayan cumplido los requisitos constitucionales y legales en cada una de las Partes, en la fecha del canje de los Instrumentos de Ratificación.
El presente Convenio tendrá la duración de cinco años, prorrogables tácitamente por períodos iguales.
Cada una de las Partes podrá denunciar el presente Acuerdo en cualquier momento, pero sus efectos sólo cesarán seis meses después de recibida la notificación de la denuncia.
Firmado en la ciudad de Santa Fe de Bogotá, D. C., a los veintiocho días del mes de abril de mil novecientos noventa y cinco, en dos ejemplares originales, cada uno en español y lituano, ambos igualmente auténticos.
Colombia Art. XIII Convenio de Cooperación Cultural entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Lituania, firmado en la ciudad de Santa Fe de Bogotá, D. C., el 28 de abril de 1995
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Cuantas personas como mínimo de necesitan para que se configure el concierto para delinquir?
- Si en un sindicato para elección de junta directiva solo se presenta una lista y a pesar de citar varias veces ocurre lo mismo, ¿se puede elegir esa lista y el fiscal de los socios que hagan parte de la asamblea?
Recordemos que los bienes, cualquiera que sea su naturaleza, son regidos por la ley del país donde se encuentran físicamente, en cuanto a su división, posesión, venta, pignoración, cesión, hipoteca etc. Esto significa que cualquier disputa entre la pareja sobre la propiedad, posesión, liquidación etc. de un bien ubicado en un país extranjero, en general debe ser resuelta por los tribunales de dicho país y bajo las leyes de dicho país. Un juez colombiano no tiene jurisdicción para tomar decisiones sobre derechos reales de bienes localizados en el extranjero.
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Cordial saludo. Un contralor, designado como auxiliar de la justicia,es considerado un funcionario publico? En este caso, que norma le aplica en cuanto a materia tributaria se refiere? Debo practicarle retencion en la fuente, asi no de la base establecida en el Art 338 ET?- Agradezco inmensamente su aporte.
Feliz dia.
Trabaje en una empresa hasta el día 21 de octubre 2025,y a la fecha hoy 15 noviembre 2025,no me han pagado ni sueldo ni liquidaciones, que debo hacer?
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Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Cuba sobre asistencia jurídica mutua en materia penal Artículo XVII. Legalización Convenio de Cooperación Cultural entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Lituania Artículo III. Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Cuba sobre asistencia jurídica mutua en materia penal Artículo XIII. Contenido de la solicitud Normas sobre normalización de redes eléctricas Decreto Estatuto Orgánico del Sistema Financiero Artículo 276. OperacionesPublique la información de sí mismo
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