Convenio de Intercambio Cultural entre los Gobiernos de Bélice y Colombia Artículo 5o Colombia
Convenio de Intercambio Cultural entre los Gobiernos de Bélice y Colombia
Artículo 5o.
Las Altas Partes Contratantes se comprometen a incrementar la colaboración, intercambiar información y a estudiar el régimen recíproco más conveniente que permita combatir el tráfico ilegal de obras de arte, documentos, material arqueológico y antropológico y de otros bienes culturales de valor artístico o histórico, de acuerdo a la legislación nacional respectiva y a los tratados internacionales a los cuales ambas partes han adherido.
Colombia Art. 5o Se aprueba el convenio de Intercambio Cultural entre los Gobiernos de Bélice y Colombia, suscrito en Belmopan el 12 de diciembre de 1983
Mejores juristas





Recordemos que el proceso de insolvencia y en este sentido los artículos correspondientes del Código General del Proceso, fueron modificados por la LEY 2445 DE 2025.
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
¿El riesgo de caducidad sigue corriedo sobre un comparendo impuesto en vía por un agente de tránsito de Colombia, por mal parqueo o fuga, y el conductor no se logra identificar? y ¿Cómo se procederá en este caso?
Asistir a una entrevista de trabajo no se encuentra dentro de la lista de licencias obligatorias que el empleador deba conceder. Esto significa que el permiso para este fin se considera un permiso voluntario, cuya concesión depende de la discrecionalidad del empleador y por tanto es un tiempo que si el empleador así lo decide, deberá reponerse por parte del empleado. No obstante si el reglamento interno dice algo distinto, habrá que acogerse a lo que diga este.
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Sobre lo indicado en este artículo 924 del Código de Comercio, es bueno aclarar que en una compraventa civil se tienen seis meses para pedir que se deshaga el negocio y un año desde la entrega, para demandar por una rebaja del precio(1). Esta opción no existe en la legislación mercantil, donde ambas acciones (art 934 y 937) prescriben a los seis meses como indica el art 938 del Cod de Comercio. En este sentido, es muy importante determinar si la compra fue comercial o civil: Si ni el comprador ni el vendedor son comerciantes, o sea que se dedican a la venta de artículos similares para vivir, el negocio es civil. Si por el contrario una o ambas partes se dedica a la compra y venta de esos artículos como profesión, el negocio es comercial.
- El Art. 1926 del Cod Civil es el que indica que para negocios civiles, la demanda para pedir rebaja del precio prescribe en un año para los bienes muebles y dieciocho meses para los bienes raíces.
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Buenas noches,
Tengo una duda actualmente tengo un contrato fijo que vence en un mes y quería saber si tengo el derecho a asistir a una entrevista de trabajo con permiso y si tendría que reponer el tiempo en que me ausente en mi actual trabajo.
Leer de nuevo
Convención sobre la pronta notificación de accidentes nucleares Artículo 17. Textos auténticos y copias certificadas Normas para la Protección de Personas con Discapacidad Mental Artículo 11. Artículo derogado Convenio número 161, sobre los servicios de salud en el trabajo Artículo 11. Se crea el Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino Artículo 37. Convenio Constitutivo del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones Artículo 39. Derechos de voto y ajustes de las suscripcionesPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios