Se aprueba el Convenio marco de cooperación técnica y científica entre el Gobierno de la República de Trinidad y Tobago y el Gobierno de la República de Colombia, suscrito en la ciudad de Puerto España, el diecisiete (17) de agosto de mil novecientos noventa y cinco (1995) (Convenio marco de cooperación técnica y científica entre el Gobierno de la República de Trinidad y T) Colombia
Convenio marco de cooperación técnica y científica entre el Gobierno de la República de Trinidad y Tobago y el Gobierno de la República de Colombia
- Artículo 1o. Las Partes Contratantes se obligan, dentro de los límites de sus...
- Artículo 2o. Las Partes Contratantes, considerando el mutuo interés y los objetivos...
- Artículo 3o. Las Partes Contratantes acuerdan desarrollar, inter alia, las siguientes...
- Artículo 4o. Para facilitar la cooperación, las Partes Contratantes podrán...
- Artículo 5o. Las Partes Contratantes se comprometerán, dentro del límite de...
- Artículo 6o. Con el propósito de facilitar la realización de los objetivos...
- Artículo 7o. Las Partes Contratantes otorgarán facilidades para el traslado de...
- Artículo 8o. 1. Para promover la aplicación del presente Convenio, se...
- Artículo 9o. Cualquier controversia que surja de la interpretación o puesta en...
- Artículo 10. Las partes contratantes se notificarán, por vía...
- Artículo 12. El presente convenio podrá ser denunciado por cualquiera de las dos...
- Artículo 13. Cada una de las partes contratantes podrá formular a la otra parte,...
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Sobre los hijos e hijas que resultan demandados por sus padres o madres maltratadores o abandonadores para que les paguen alimentos, recordemos que mediante la Sentencia C-412 de 2025 se declaró que la exoneración por maltrato indicada en el parágrafo del artículo 411, también se aplica a los hijos biológicos y a los hijos adoptivos. En consecuencia, las y los hijos —biológicos o adoptivos— que sean demandados en un proceso ejecutivo de alimentos podrán acreditar dentro del proceso que fueron víctimas de maltrato por parte de los padres o madres que los demandan, con el fin de obtener la exoneración de la obligación de pagarles alimentos.
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En el marco de lo indicado en este art 411 del Cod Civil, es necesario recordarle a los hijos e hijas que resultan demandados por sus padres o madres maltratadores para que les paguen alimentos, que mediante la Sentencia C-412 de 2025 se declaró que la exoneración por maltrato indicada en el parágrafo de este artículo 411, también se aplica a los hijos biológicos y a los hijos adoptivos. En consecuencia, las y los hijos —biológicos o adoptivos— que sean demandados en un proceso ejecutivo de alimentos podrán acreditar dentro del proceso que fueron víctimas de maltrato por parte de los padres o madres que los demandan, con el fin de obtener la exoneración de la obligación de pagarles alimentos.
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En las zonas comunes de un conjunto residencial, estan también las zonas verdes , las cuales por decisión de la administración fueron encerradas ,lo que limita aun mas el libre acceso de las mascotas y de los residentes en general , esto es legal .?, es necesario o no autorizacion escrita por los propietarios del conjunto,? Gracias por aclarar - [email protected]
Se puede pagar o bonificar esa dotación, o como se maneja cuando yo como empleador no exijo uniformes, solo buena presentación personal, o les doy un saco, camisa, como uso comercial, pero no obligo vestimenta y por actividad no se define la misma
Sobre lo indicado en este art 10 del Código de Comercio, para que una actividad sea considerada profesional, no basta con que sea habitual; debe ser económicamente significativa para la persona. La actividad comercial debe constituir o representar la fuente principal y permanente de los recursos económicos para la persona que la ejerce. El ejercicio profesional implica que la actividad comercial le sirva a la persona como medio de vida. Por lo tanto, si una persona realiza actos de comercio de manera recurrente pero estos no constituyen su principal sustento económico, podría no ser considerada comerciante.
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