De fomento a la cultura del emprendimiento (De fomento a la cultura del emprendimiento) Colombia
De fomento a la cultura del emprendimiento
- Artículo 1o. Definiciones
- Artículo 2o. Objeto de la ley
- Artículo 3o. Principios generales
- Artículo 4o. Obligaciones del estado
- Artículo 5o. Red nacional para el emprendimiento
- Artículo 6o. Red regional para el emprendimiento
- Artículo 7o. Objeto de las redes para el emprendimiento
- Artículo 8o. Funciones de las redes para el emprendimiento
- Artículo 9o. Secretaría técnica
- Artículo 10. Mesas de trabajo de la red de emprendimiento
- Artículo 11. Objeto de las mesas de trabajo
- Artículo 12. Objetivos específicos de la formación para el emprendimiento
- Artículo 13. Enseñanza obligatoria
- Artículo 14. Sistema de información y orientación profesional
- Artículo 15. Formación de formadores
- Artículo 16. Opción para trabajo de grado
- Artículo 17. Voluntariado empresarial
- Artículo 18. Actividades de promoción
- Artículo 19. Beneficios por vínculo de emprendedores a las redes de emprendimiento
- Artículo 20. Programas de promoción y apoyo a la creación, formalización y sostenibilidad de nuevas empresas
- Artículo 21. Difusión de la cultura para el emprendimiento en la televisión pública
- Artículo 22. Constitución nuevas empresas
- Artículo 23. Reglamentación
- Artículo 24. Vigencia
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buenas tardes, en una suspension de contrato se debe pagar el dominical?
Este artículo 718 del Cód de Comercio indica que el cheque debe cobrarse dentro de los 15 días después de su fecha, no obstante esto no implica que la prescripción del cheque sea de 1 días. Al respecto, debemos guiarnos por lo que indica el art 721, en el que se dice que el banco debe pagar el cheque incluso luego de 6 meses, por tanto para determinar el fenómeno de la prescripción de un cheque, tomamos como base este plazo.
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Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Es preciso indicar que el titular de la acción penal en este delito es la persona juridica prestadora del servicio publico, y no el tercero (ejem propiedades horizontales, copropietarios ) afectado este ultimo podría alegar una Estafa.
Mediante la Sentencia C-028 del 2024, la Corte Constitucional eliminó de este artículo la expresión:
“Las autoridades de emigración exigirán copia de la providencia con la constancia de ejecutoria”,
esto ya que dicha orden, significaba un riesgo para la intimidad que desean tener las familias con hijos adoptados, pues al tener que cumplir ese requisito, se corría el riesgo de que los niños llegaran a enterarse que sus padres no son biológicos, sino adoptivos, lo cual es una realidad que los padres tienen todo el derecho a decidir cuándo se la informan a sus hijos.
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este articulo se refiere a los honorarios de los abogados ?
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