El Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 Todos por un nuevo país Artículo 198 Colombia
El Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 Todos por un nuevo país
Artículo 198. Contratos plan
Modifíquese el artículo 8o de la Ley 1450 de 2011, el cual quedará así: “Artículo 8o. Contratos Plan. El Contrato Plan es un acuerdo marco de voluntades de carácter estratégico entre la Nación y las entidades territoriales plasmado en un documento que contiene los arreglos programáticos y de desempeño definido entre estas para la ejecución asociada de proyectos de desarrollo territorial que contemplen la concurrencia de esfuerzos de inversión nacional y territorial.
En desarrollo de este acuerdo marco se suscribirán contratos específicos en los cuales se señalará el objeto, las metas, los plazos, el responsable de la ejecución y se comprometerán los recursos de fuente nacional y territorial que se destinen para su ejecución, así como las vigencias futuras que se requieran. Adicionalmente, se acordarán los mecanismos de seguimiento y control de los recursos y todos los demás aspectos necesarios para garantizar la rápida y eficiente ejecución de los proyectos, atendiendo las prioridades y particularidades de cada sector y cada región”.
Los contratos Plan constituyen un instrumento para el planeamiento y la promoción del desarrollo regional. En tal sentido son un punto de articulación del Plan Nacional de Desarrollo y los Planes Departamentales y Municipales.
El Gobierno nacional buscará que, en los casos que corresponda, sus acciones en materia de inversión pública operen bajo este esquema. El Departamento Nacional de Planeación (DNP) promoverá la aplicación de esta herramienta, así como establecerá los mecanismos de seguimiento y evaluación de los Contratos Plan acordados por el Gobierno nacional.
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Así como las redes de energía eléctrica, gas, agua etc, los costos relacionados con la parte de las redes de comunicación que quedan dentro de cada apartamento debe ser asumido por el propietario o arrendatario de la unidad privada, ya que este elemento es considerado un bien privado y no un bien común del conjunto residencial. Consecuentemente, los costos relacionados con las redes del conjunto, son bienes comunes y por lo tanto, su instalación y mantenimiento deben ser sufragados por todos los propietarios como parte de las expensas comunes necesarias.
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Buen día fui victima de un robo de mis documentos los cuales estaba mi tarjeta de crédito, con ella realizaron una compra, puse la queja vía telefónica y ante la entidad y la respuesta de ellos es que yo no cuide mis pertenencias y me niegan el reembolso de esa compra, que debo hacer?
Buen día tengo una inquietud frente a este art 303-1, si a una persona una asegurada le paga 2 polizas bajo un mismo siniestro puedo calcular el monto exento a cada pago de manera individual?
Buenos dias
Tengo un problema con mi vecino porque me impide construir en mi predio legalmente adquirido, obstaculizando ante planeacion municipal cancelación de licencia para construir.
Me amenaza q llevara hasta las últimas instancias para que yo no pueda construir.
Ante despacho de inspección de policía me e quejado por la situación, me han visitado las dos entidades municipales como inpeccion y planeacion, esta última entidad no me da solución y me suspendió la licencia para realizar una remodelacion a mi vivienda antigua y en mal estado.
Que puedo hacer? Mi vecino me puede quitar el derecho a construir?
Ahora interpusieron queja ante la consecionaria vial por el tema de la fajas de alejamiento obligatorio, pero si io tengo mi vivienda construida desde antes que se crea la ley 1228 de 2008.
Si durante el periodo a liquidar, el trabajador por efecto de incapacidades no se le entregó auxilio de transporte, este no se debe calcular como si el trabajador hubiera asistido normalmente. Se debe descontar el valor del auxilio de transporte correspondiente a los días de vacaciones o incapacidad, ya que este no fue causado ni pagado.
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Régimen para los Distritos Especiales Artículo 82. Participación de los distritos en la elaboración de los planes sectoriales de turismo Se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías Artículo 95. Formulación y presentación de los proyectos de inversión Se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías Artículo 61. Requisitos para operaciones de adelanto de caja Régimen para los Distritos Especiales Artículo 49. Sesiones Se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías Artículo 77. Informes de gestión de la Instancia Decisoria de Pueblos y Comunidades IndígenasPublique la información de sí mismo
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