Festival Internacional de la Confraternidad Amazónica Artículo 1o Colombia
Festival Internacional de la Confraternidad Amazónica
Artículo 1o.
Declárese Patrimonio Cultural de la Nación el Festival Internacional de la Confraternidad Amazónica, el cual se celebra cada año durante el mes de julio en la ciudad de Leticia, departamento de Amazonas. Reconózcase la especificidad de la cultura Amazónica y bríndese protección a sus diversas expresiones de tradición y cultura.
Colombia Art. 1o Se declara Patrimonio Cultural de la Nación el Festival Internacional de la Confraternidad Amazónica que se celebra en el municipio de Leticia, departamento de Amazonas, y se dictan otras disposiciones Ley 1706 de 2014
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La Sentencia T-023 de 2026 indica que una entidad administradora de pensiones no puede exigir a un hijo o hija menor de 18 años que demuestre dependencia económica cuando la ley no establece ese requisito para esa categoría de beneficiario. Exigirlo vulnera el debido proceso administrativo, la seguridad social y el interés superior del menor.
Si se mantiene la nacionalidad colombiana, para conducir legalmente en Colombia durante las visitas debe contar con licencia colombiana vigente. La licencia venezolana sería posible usarla si se ingresa y permanece jurídicamente como extranjero turista o persona en tránsito, lo que no ocurre en la situación de persona ciudadana colombiana que ingresa como tal.
Soy colombiano nacionalisado en Venezuela y resido hace muchos años puedo conducir con la licencia venezolana en colombia cuando voy de paso
A partir de la Ley 2466 de 2025 ya no se cuentan solo los domingos, sino todos los días de descanso obligatorio trabajados, o sea, domingos y festivos. Entonces, si se trabajan 1 o 2 días en el mes, es trabajo ocasional y el trabajador escoge entre descanso compensatorio remunerado o pago en dinero. Si trabaja 3 o más, es habitual y tiene derecho al recargo más el compensatorio por cada día trabajado.
Entonces si se trabajan 2 domingos + 1 festivo = 3 días y 2 domingos + 2 festivos = 4 días: en ambos casos hay trabajo habitual, con recargo y compensatorios. Si un festivo coincide con un domingo, se cuenta una sola vez, sin duplicar el recargo.
El recargo es del 90 % desde el 1 de julio de 2026 y llegará al 100 % desde el 1 de julio de 2027. El compensatorio se regula en los artículos 181 y 183 de este mismo código y se acostumbra descansarlo normalmente en la semana siguiente, pero esto se puede pactar.
La omisión de denuncia depende de quién omite denunciar y del tipo de delito: Si es un particular el art 441 del Cód Penal establece 3 a 8 años de prisión si sin justa causa, conoce y no denuncia inmediatamente alguno de los delitos que dice ese artículo, o sea, no aplica automáticamente a cualquier delito. Si el que omite es un servidor público el 417 impone multa y pérdida del cargo por omitir denunciar una conducta punible que deba investigarse de oficio y si se trata de uno de los delitos del artículo 441, pueden ser de 32 a 72 meses de prisión.
El art 68 permite en general no denunciar contra sí mismo, cónyuge/compañero permanente, determinados familiares y por secreto profesional, aunque existen excepciones importantes cuando se trata de delitos contra niños.
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Código Civil Artículo 298. Responsabilidad de los padres en la administracion Se determina el marco conceptual que regula la economía solidaria Artículo 23. Del fondo de fomento de la economia solidaria-fones Se reglamenta el Fondo de Compensación Interministerial Artículo 3o. Objetivos Código de Minas Artículo 248. Proyectos mineros especiales Código Civil Artículo 580. Cesacion de la curaduria del hijo postumo y de bienesRecomendados
Convenio de Cooperación Judicial en materia Penal entre la República de Colombia y el Reino de España Artículo 6o. Denegación de asistencia Normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con la Constitución Política Artículo 43. Competencias de los departamentos en salud Código Sanitario Nacional Artículo 131. Código Nacional de Policía Artículo 100. Convenio Internacional del Sistema Armonizado de designación y Codificación de Mercancías Artículo 16. Procedimiento de enmiendaPublique la información de sí mismo
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