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La Nación rinde honores a la memoria del nobel colombiano Gabriel García Márquez Artículo 7o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

La Nación rinde honores a la memoria del nobel colombiano Gabriel García Márquez
Artículo 7o.

Autorícese al Gobierno nacional, a través de los Ministerios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y de Cultura, para desarrollar, poner en marcha y contribuir al sostenimiento, con aportes de la Nación, el departamento de Bolívar y el Distrito de Cartagena del Centro Internacional para el legado de Gabriel García Márquez, en Cartagena (Bolívar), concebido como un proyecto de innovación y apropiación tecnológica y social, con impacto local, nacional e internacional en los ámbitos periodístico, cultural, académico y turístico. La ejecución de esta iniciativa se realizará con el acompañamiento de la Fundación Gabriel García Márquez para el Nuevo Periodismo Iberoamericano (FNPI), como aliado y deberá iniciarse dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de promulgación de la presente ley. El sector privado podrá realizar aportes a la ejecución e implementación de esta iniciativa.

Este Centro Internacional contará con los siguientes espacios y servicios:

Una exposición interactiva permanente de carácter didáctico, con el uso de nuevas tecnologías, sobre los aspectos claves de la vida y obra de Gabriel García Márquez, haciendo énfasis en su relación con Cartagena, el Caribe y Colombia, así como su periodo formativo (familia, educación, amigos), su vocación y universo literario, su trayectoria de escritor y periodista desde sus inicios en Cartagena, sus realizaciones cinematográficas y su compromiso con la educación, la paz y las causas humanitarias, complementado con un centro de información al público in situ y en línea, librería y cafetería.

Una escuela internacional de formación e innovación en periodismo y comunicación, con aulas y recursos tecnológicos para servir de sede a los talleres, seminarios de la Fundación Gabriel García Márquez para el Nuevo Periodismo Iberoamericano (FNPI), con la finalidad de preservar el legado periodístico de Gabriel García Márquez y de promover la excelencia, la coherencia ética y la innovación en periodistas y medios de comunicación en Colombia y los países iberoamericanos.

Un espacio de encuentro cultural, para albergar seminarios, debates, conferencias, talleres, proyecciones, exposiciones y en general actividades culturales y académicas con prioridad en los temas que han sido esenciales en la trayectoria de Gabriel García Márquez como creador y hombre público.

Un programa permanente de investigación sobre la vida y obra, con recopilación del acervo documental e iconográfico y publicaciones impresas y en línea, con el objetivo de preservar y difundir fuentes para el conocimiento y memoria de Gabriel García Márquez.

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Buen dia como puedo embargar una empresa, que no tiene nada que embargar, sobre quien podria solicitar ante un juez medida cuatelzar para solicitar embargo o secuestro de bienes?


Este artículo es necesario leerlo desde sus actualizaciones. Así las cosas entre el día 1 y 2 el pago del auxilio económico a la persona trabajadora que se enferma por una razón no laboral, lo hace el empleador (Decreto 2943 de 2013). Del día 3 al 180 la EPS en un 66.6% del salario devengado mensualmente. Del día 181 al 540, el Fondo de Pensiones (Ley 962 de 2005). A partir del 541, la EPS (Ley 1753 de 2015) en un 50% del salario devengado. Nunca ningún % de estos puede ser inferior a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.


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  • Buen dia, mi pregunta es en el año 2009 por situacion economica no pude seguir pagando mi plan hogar con Colombia telecomunicaciones (hoy movistar), después que han trascurrido quince años llega una carta de cobro de una empresa de cobranza, mi pregunta es; me pueden cobrar despues de tanto tiempo, la deuda sigue vigente, se les puede poner un derecho de petición. Gracias.

Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal


Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.


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