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La Nación rinde honores a la memoria del nobel colombiano Gabriel García Márquez Artículo 7o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/07/2024

La Nación rinde honores a la memoria del nobel colombiano Gabriel García Márquez
Artículo 7o.

Autorícese al Gobierno nacional, a través de los Ministerios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y de Cultura, para desarrollar, poner en marcha y contribuir al sostenimiento, con aportes de la Nación, el departamento de Bolívar y el Distrito de Cartagena del Centro Internacional para el legado de Gabriel García Márquez, en Cartagena (Bolívar), concebido como un proyecto de innovación y apropiación tecnológica y social, con impacto local, nacional e internacional en los ámbitos periodístico, cultural, académico y turístico. La ejecución de esta iniciativa se realizará con el acompañamiento de la Fundación Gabriel García Márquez para el Nuevo Periodismo Iberoamericano (FNPI), como aliado y deberá iniciarse dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de promulgación de la presente ley. El sector privado podrá realizar aportes a la ejecución e implementación de esta iniciativa.

Este Centro Internacional contará con los siguientes espacios y servicios:

Una exposición interactiva permanente de carácter didáctico, con el uso de nuevas tecnologías, sobre los aspectos claves de la vida y obra de Gabriel García Márquez, haciendo énfasis en su relación con Cartagena, el Caribe y Colombia, así como su periodo formativo (familia, educación, amigos), su vocación y universo literario, su trayectoria de escritor y periodista desde sus inicios en Cartagena, sus realizaciones cinematográficas y su compromiso con la educación, la paz y las causas humanitarias, complementado con un centro de información al público in situ y en línea, librería y cafetería.

Una escuela internacional de formación e innovación en periodismo y comunicación, con aulas y recursos tecnológicos para servir de sede a los talleres, seminarios de la Fundación Gabriel García Márquez para el Nuevo Periodismo Iberoamericano (FNPI), con la finalidad de preservar el legado periodístico de Gabriel García Márquez y de promover la excelencia, la coherencia ética y la innovación en periodistas y medios de comunicación en Colombia y los países iberoamericanos.

Un espacio de encuentro cultural, para albergar seminarios, debates, conferencias, talleres, proyecciones, exposiciones y en general actividades culturales y académicas con prioridad en los temas que han sido esenciales en la trayectoria de Gabriel García Márquez como creador y hombre público.

Un programa permanente de investigación sobre la vida y obra, con recopilación del acervo documental e iconográfico y publicaciones impresas y en línea, con el objetivo de preservar y difundir fuentes para el conocimiento y memoria de Gabriel García Márquez.

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buenas tardes, en una suspension de contrato se debe pagar el dominical?


Este artículo 718 del Cód de Comercio indica que el cheque debe cobrarse dentro de los 15 días después de su fecha, no obstante esto no implica que la prescripción del cheque sea de 1 días. Al respecto, debemos guiarnos por lo que indica el art 721, en el que se dice que el banco debe pagar el cheque incluso luego de 6 meses, por tanto para determinar el fenómeno de la prescripción de un cheque, tomamos como base este plazo.


Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)

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Es preciso indicar que el titular de la acción penal en este delito es la persona juridica prestadora del servicio publico, y no el tercero (ejem propiedades horizontales, copropietarios ) afectado este ultimo podría alegar una Estafa.


Mediante la Sentencia C-028 del 2024, la Corte Constitucional eliminó de este artículo la expresión:

“Las autoridades de emigración exigirán copia de la providencia con la constancia de ejecutoria”,

esto ya que dicha orden, significaba un riesgo para la intimidad que desean tener las familias con hijos adoptados, pues al tener que cumplir ese requisito, se corría el riesgo de que los niños llegaran a enterarse que sus padres no son biológicos, sino adoptivos, lo cual es una realidad que los padres tienen todo el derecho a decidir cuándo se la informan a sus hijos.


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este articulo se refiere a los honorarios de los abogados ?

en donde busco quien paga los honorarios de los abogados en caso de ganar?


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