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Plan Nacional de Desarrollo e Inversiones 1995 -1998 Artículo 11 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/04/2025

Plan Nacional de Desarrollo e Inversiones 1995 -1998
Artículo 11.

Las estrategias sociales para la formación del nuevo ciudadano más solidario en lo social, más pacífico en sus relaciones con sus semejantes, más integrado en lo cultural, y por tanto más orgulloso de ser colombiano, buscarán que el país aprenda a ser comunidad educativa total. Las principales son:

1. La estrategia salto educativo y cultural, para universalizar la educación básica, fomentar la educación superior, organizar la educación extraescolar de la niñez y la juventud y promover el deporte, infundir el espíritu de la educación en todas las estructuras del sistema social, y dinamizar la cultura como fundamento de la identidad nacional.

2. Las estrategias para el mejoramiento de las condiciones de vida, para asumir una opción preferencial por los pobres, dar prioridad a la inversión social y superar la marginalidad social.  

Las principales son:

- Ampliación de la cobertura de los servicios de agua potable y saneamiento ambiental.

- Extensión de la cobertura de la seguridad social integral.

- Mejoramiento del hábitat.

- Disminución de la desnutrición.

- Generación de empleo e ingresos por medio de programas especiales para poblaciones vulnerables.

- Acceso de pequeños productores urbanos y rurales a los recursos productivos y servicios sociales.

3. Estrategia de fortalecimiento de la familia, para formar a la niñez y a la juventud, impulsar la educación continuada de los adultos, asimilar la sabiduría de quienes han llegado a la edad avanzada, garantizar el equilibrio ético y afectivo de la sociedad, y brindarles estabilidad y dinamismo a los procesos de personalización e integración comunitaria.

4. Estrategia de pueblos y comunidades afrocolombianas y raizales para que comunidades confundantes de la nacionalidad colombiana sean autoras de su propio progreso y creadoras de un mundo cultural acorde con su identidad y puedan, en diálogo fecundo con otros núcleos sociales configurantes de la Nación, brindar sus valores y sabiduría y recibir justo apoyo.

5. Estrategia de migraciones y asentamientos humanos, para ordenar los flujos migratorios de la población en el territorio nacional y en el exterior, e incidir sobre sus causas y efectos en la vida rural y urbana.



Colombia Art. 11 Plan Nacional de Desarrollo e Inversiones 1995 -1998
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Buenas noches mi arrendador envio una notificacion de no prorroga del contrato y dice que debemos entregar el inmueble la fecha que se estipula en el contrato que firmamos o sea el 01 de septiembre. Mi pregunta es puedo enviar una carta de pre aviso de que vamos a desalojar antes de la fecha y de esa manera no pagar indemnizacion? Porque quiere que estemos hasta el ultimo mes y pagar dos sitios esta como complicado y conseguir arriendo en un mes es aun mas complicado.


Por mora en mi obligación con un banco se firmó promesa compraventa con la condición que el promitente comprador pagara la deuda al banco (condición que no se cumplió), el comprador no pagó al banco. Instauré demanda judicial resolutoria, a hoy en etapa admitida por el juez. Actualmente suscribí otra promesa de compraventa con otro interesado en el inmueble, pagué la deuda al banco, levanté el embargo y la hipoteca que recaía sobre el inmueble. Pregunta: puedo gestionar el proceso de escritura de venta al nuevo comprador? El traspaso de dominio tiene alguna afectación a los procesos de resolutorio de contrato (admitido)y el de reivindicatorio del inmueble (al despacho)?


Donde puedo encontrar la definición de requisa en la normativa colombiana?


Recordemos que el aparte "y antes de presentarse la acusación" fue declarado inexequible mediante sentencia de la Corte Constitucional C-395 de 2019.


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El lavado de activos es un delito autónomo, lo que significa que no depende de una sentencia judicial previa que declare la existencia del delito por el cual se obtuvieron originalmente los bienes que se tratan de esconder o lavar. En este sentido, es posible que dentro del proceso penal se estructure este delito con base en inferencias razonables sobre la procedencia ilícita de los bienes, sin necesidad de probar en grado de certeza el delito que lo antecede. // No obstante, el Estado no puede asumir una presunción de ilicitud sobre los bienes, por el hecho de que las personas imputadas no puedan explicar plenamente su origen. En otras palabras, la Fiscalía tiene la carga de demostrar con la mayor probabilidad posible, tanto el delito subyacente como la vinculación de los bienes con actividades ilícitas, es decir, que no se puede inferir este delito simplemente de la imposibilidad del aparente propietario de explicar de dónde provienen sus bienes, ya que la buena fe se presume.


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