Se aprueba el Protocolo adicional al Acuerdo entre la República de Colombia y el Organismo Internacional de Energía Atómica para la aplicación de salvaguardias en relación con el tratado para la proscripción de las armas nucleares en la América Latina, hecho en Viena a los 11 días del mes de mayo de 2005 (Protocolo adicional al Acuerdo entre la República de Colombia y el Organismo Internacional de Energí) Colombia
Protocolo adicional al Acuerdo entre la República de Colombia y el Organismo Internacional de Energía Atómica
- Artículo 1o. Las disposiciones del Acuerdo de Salvaguardias se aplicarán al...
- Artículo 2o. a) Colombia presentará al Organismo una declaración que...
- Artículo 3o. a) Colombia facilitará al Organismo la información que...
- Artículo 4o. En relación con la puesta en práctica del acceso...
- Artículo 5o. Colombia facilitará al Organismo acceso a: a) i) Cualquier...
- Artículo 6o. Al aplicar el artículo 5o el Organismo podrá llevar a...
- Artículo 7o. a) A petición de Colombia, el Organismo y Colombia...
- Artículo 8o. Nada de lo estipulado en el presente Protocolo impedirá que...
- Artículo 9o. Colombia facilitará al Organismo acceso a los lugares...
- Artículo 10. El Organismo informará a Colombia sobre: a) Las actividades...
- Artículo 11. a) i) El Director General notificará a Colombia toda...
- Artículo 12. Colombia, en el plazo de un mes a contar del recibo de la correspondiente...
- Artículo 13. a) Cuando Colombia o el Organismo indique que es necesario especificar en...
- Artículo 14. a) Colombia permitirá y protegerá la libre...
- Artículo 15. a) El Organismo mantendrá un régimen estricto para asegurar...
- Artículo 16. a) Los Anexos del presente Protocolo formarán parte integrante de...
- Artículo 17. a) El presente Protocolo entrará en vigor en la fecha en que el...
- Artículo 18. Para los fines del presente Protocolo: a) Por actividades de...
Otras regulaciones
El Fondo de Fomento Cauchero Convenio Internacional de las Maderas Tropicales Convenio de Cooperación Cultural entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Lituania La Nación se asocia a la celebración de los 450 años del Municipio de Marmato Se reglamentan las actividades de comercialización en red o mercadeo multinivel en ColombiaMejores juristas





Por solo uso de la razón y justa causa. El código de tránsito español tiene excepciones lógicas, que permite adelantar a otro vehículo en línea continua.
Pregunto el código colombiano incluye estás exepciones? No entiendo porq no las incluiría.
El artículo 199 del cod civil es una aplicación del principio desarrollado en el artículo 2327 o el 966 del mismo código civil entre otros, principio por el cual se señala que las mejoras útiles se pueden llegar a quitar y llevarlas por quien las hizo, o sea que no se pierden, a menos que al quitarlas se dañe el bien del propietario. Las mejoras útiles se pueden determinar principalmente porque no eran indispensables para el funcionamiento del bien sobre las cuales se instalaron y porque aumentan el valor de dicho bien.
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Ayuda por favor, en notaría le hicimos escritura a mi hijo, el ahora quiere que la casa quede. De nuevo a nombre de el, su hermana y yo como madre se puede hacer?todos somos mayores de edad, la casa antes era mía y le hice escritura a el porque su hermana era menor, ahora ella es de 18 años, mi hijo tiene un hijo de 5 años , entonces porfavor ayudemen el puede hacer la escritura a nombre de el ,heanan y yo. ,Dios le pague desesperada estoy
Que pasa si la empresa no me envía el examen médico de retiro
Que pasa si en la dotación de trabajo no nos daban calzado
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