Se fija el régimen propio del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar (Régimen propio del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar) Colombia
Régimen propio del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar
- Artículo 1o. Definicion
- Artículo 2o. Titularidad
- Artículo 3o. Principios que rigen la explotación, organización,...
- Artículo 4o. Juegos prohibidos y practicas no autorizadas
- Artículo 5o. Definicion de juegos de suerte y azar
- Artículo 6o. Operacion directa
- Artículo 7o. Operacion mediante terceros
- Artículo 8o. Derechos de explotacion
- Artículo 9o. Reconocimiento y fijacion de los gastos de administracion
- Artículo 10. Inhabilidades especiales para contratar u obtener autorizaciones
- Artículo 11. Loteria tradicional
- Artículo 12. Explotacion de las loterias
- Artículo 13. Cronograma de sorteos ordinarios de las loterias
- Artículo 14. Administracion de las loterias
- Artículo 15. Explotacion asociada
- Artículo 16. Modalidades de operacion de las loterias
- Artículo 17. Relacion entre emision y ventas de loterias
- Artículo 18. Plan de premios de las loterias
- Artículo 19. Sorteos extraordinarios de loterias
- Artículo 20. A partir del 1o. de enero del año 2001, el juego de las...
- Artículo 21. Apuestas permanentes o chance
- Artículo 22. Explotacion del juego de las apuestas permanentes o chance
- Artículo 23. Derechos de explotacion
- Artículo 24. Plan de Premios y Rentabilidad Mínima Anual
- Artículo 25. Formulario unico de apuestas permanentes o chance
- Artículo 26. Registro de apuestas
- Artículo 27. Rifas
- Artículo 28. Explotacion de las rifas
- Artículo 29. Modalidad de operacion de las rifas
- Artículo 30. Derechos de explotacion
- Artículo 31. Juegos promocionales
- Artículo 32. Juegos localizados
- Artículo 33. Modalidades de operacion de los juegos localizados
- Artículo 34. Derechos de explotacion
- Artículo 35. Ubicacion de juegos localizados
- Artículo 36. Apuestas en eventos deportivos, gallisticos, caninos y similares
- Artículo 37. Eventos hipicos
- Artículo 38. Juegos novedosos
- Artículo 39. Empresa industrial y comercial del estado
- Artículo 40. Distribucion de los recursos
- Artículo 41. Liquidacion, declaracion y pago de los derechos de explotacion
- Artículo 42. Destinacion de las rentas del monopolio al sector salud
- Artículo 43. Facultades de fiscalizacion sobre derechos de explotacion
- Artículo 44. Sanciones por evasion de los derechos de explotacion
- Artículo 45. Funciones de la superintendencia nacional de salud
- Artículo 46. Consejo nacional de juegos de suerte y azar
- Artículo 47. Funciones del consejo nacional de juegos de suerte y azar
- Artículo 48. Impuestos de loterias foraneas y sobre premios de loteria
- Artículo 49. PROHIBICIÓN DE GRAVAR EL MONOPOLIO RENTÍSTICO
- Artículo 50. Criterios de eficiencia
- Artículo 51. Competencia para la fijacion de indicadores de gestion y eficiencia
- Artículo 52. Competencia para la calificacion de la eficiencia
- Artículo 53. Competencia de inspeccion, vigilancia y control
- Artículo 54. Control fiscal
- Artículo 55. Registro de vendedores
- Artículo 56. Contribución parafiscal para la seguridad social en salud de los colocadores independientes profesionalizados de loterías y/o apuestas permanentes
- Artículo 57. Fondo de vendedores de loterias y apuestas permanentes
- Artículo 58. Las loterías que a la fecha tienen sorteos extraordinarios aprobados...
- Artículo 59. Transitorio
- Artículo 60. Exclusividad y prevalencia del regimen propio
- Artículo 61. Vigencia y derogatorias
Mejores juristas





El plazo para rechazar una factura depende del tipo de factura y del contexto específico:
- Para facturas físicas o electrónicas como títulos valores, el plazo es de tres (3) días hábiles desde su recepción.
- En el caso de servicios de comunicaciones, los usuarios pueden presentar PQR antes de la fecha de pago oportuno y tienen hasta seis (6) meses desde el vencimiento del pago para reclamar.
- En facturación electrónica, las correcciones pueden realizarse mediante notas crédito, según lo dispuesto por la DIAN.
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
¿Se puede elegir junta directiva con una sola lista inscrita?, partiendo de la base que el fiscal se elige de las minoritarias.
El plazo para rechazar una factura depende del tipo de factura y del contexto específico:
- Para facturas físicas o electrónicas como títulos valores, el plazo es de tres (3) días hábiles desde su recepción.
- En el caso de servicios de comunicaciones, los usuarios pueden presentar PQR antes de la fecha de pago oportuno y tienen hasta seis (6) meses desde el vencimiento del pago para reclamar.
- En facturación electrónica, las correcciones pueden realizarse mediante notas crédito, según lo dispuesto por la DIAN.
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Pedir a un administrador que permita revisar los poderes de apoderados autorizados por propietarios, y este no lo permita acudiendo a que está prohibido por la Ley de protección de datos personales, es valido?
Con fundamento en los artículos 1008 y 1155 del Código Civil, entre otros, en cabeza de los herederos del arrendador fallecido continuan las obligaciones del contrato de arriendo y de esta manera, los herederos deben respetar el contrato de arrendamiento vigente no obstante el arrendador fallezca, ya que está de por medio el derecho al trabajo o la vivienda de la persona arrendataria.
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios