Se fija el régimen propio del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar (Régimen propio del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar) Colombia
Régimen propio del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar
- Artículo 1o. Definicion
- Artículo 2o. Titularidad
- Artículo 3o. Principios que rigen la explotación, organización,...
- Artículo 4o. Juegos prohibidos y practicas no autorizadas
- Artículo 5o. Definicion de juegos de suerte y azar
- Artículo 6o. Operacion directa
- Artículo 7o. Operacion mediante terceros
- Artículo 8o. Derechos de explotacion
- Artículo 9o. Reconocimiento y fijacion de los gastos de administracion
- Artículo 10. Inhabilidades especiales para contratar u obtener autorizaciones
- Artículo 11. Loteria tradicional
- Artículo 12. Explotacion de las loterias
- Artículo 13. Cronograma de sorteos ordinarios de las loterias
- Artículo 14. Administracion de las loterias
- Artículo 15. Explotacion asociada
- Artículo 16. Modalidades de operacion de las loterias
- Artículo 17. Relacion entre emision y ventas de loterias
- Artículo 18. Plan de premios de las loterias
- Artículo 19. Sorteos extraordinarios de loterias
- Artículo 20. A partir del 1o. de enero del año 2001, el juego de las...
- Artículo 21. Apuestas permanentes o chance
- Artículo 22. Explotacion del juego de las apuestas permanentes o chance
- Artículo 23. Derechos de explotacion
- Artículo 24. Plan de Premios y Rentabilidad Mínima Anual
- Artículo 25. Formulario unico de apuestas permanentes o chance
- Artículo 26. Registro de apuestas
- Artículo 27. Rifas
- Artículo 28. Explotacion de las rifas
- Artículo 29. Modalidad de operacion de las rifas
- Artículo 30. Derechos de explotacion
- Artículo 31. Juegos promocionales
- Artículo 32. Juegos localizados
- Artículo 33. Modalidades de operacion de los juegos localizados
- Artículo 34. Derechos de explotacion
- Artículo 35. Ubicacion de juegos localizados
- Artículo 36. Apuestas en eventos deportivos, gallisticos, caninos y similares
- Artículo 37. Eventos hipicos
- Artículo 38. Juegos novedosos
- Artículo 39. Empresa industrial y comercial del estado
- Artículo 40. Distribucion de los recursos
- Artículo 41. Liquidacion, declaracion y pago de los derechos de explotacion
- Artículo 42. Destinacion de las rentas del monopolio al sector salud
- Artículo 43. Facultades de fiscalizacion sobre derechos de explotacion
- Artículo 44. Sanciones por evasion de los derechos de explotacion
- Artículo 45. Funciones de la superintendencia nacional de salud
- Artículo 46. Consejo nacional de juegos de suerte y azar
- Artículo 47. Funciones del consejo nacional de juegos de suerte y azar
- Artículo 48. Impuestos de loterias foraneas y sobre premios de loteria
- Artículo 49. PROHIBICIÓN DE GRAVAR EL MONOPOLIO RENTÍSTICO
- Artículo 50. Criterios de eficiencia
- Artículo 51. Competencia para la fijacion de indicadores de gestion y eficiencia
- Artículo 52. Competencia para la calificacion de la eficiencia
- Artículo 53. Competencia de inspeccion, vigilancia y control
- Artículo 54. Control fiscal
- Artículo 55. Registro de vendedores
- Artículo 56. Contribución parafiscal para la seguridad social en salud de los colocadores independientes profesionalizados de loterías y/o apuestas permanentes
- Artículo 57. Fondo de vendedores de loterias y apuestas permanentes
- Artículo 58. Las loterías que a la fecha tienen sorteos extraordinarios aprobados...
- Artículo 59. Transitorio
- Artículo 60. Exclusividad y prevalencia del regimen propio
- Artículo 61. Vigencia y derogatorias
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Montenegro Galindo Abogados
me puede ayudan indicándome si existe algún articulo que hable sobre si es obligatorio aumentarle el salario a las personas que ganes mas del minimo.
Estimado Abogado. Conoce usted de qué trata la LEY 1123 DE 2007 y para qué sirve?
Si la prestación de servicios ha sido continua, sin interrupciones significativas, y la necesidad de los servicios del trabajador ha sido constante, esto puede indicar una relación laboral indefinida. La jurisprudencia ha señalado que interrupciones cortas entre contratos no necesariamente rompen la continuidad de la relación laboral. // Si la naturaleza del trabajo realizado por el empleado es de carácter permanente y no temporal, esto puede ser un indicativo de que la relación laboral es indefinida no mediada por múltiples contratos a término fijo. La Corte Suprema ha destacado que la naturaleza de la labor contratada puede disfrazar una relación laboral indefinida cuando no se justifica un plazo determinado. // El principio de estabilidad laboral, protege al trabajador y puede modificar la naturaleza del contrato a término fijo a indefinido si se cumplen ciertos requisitos, como la subsistencia de la materia de trabajo y el cumplimiento de las obligaciones por parte del trabajador etc.
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Según el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por la Ley 50 de 1990, en los contratos a término fijo, la indemnización se calcula con base en el tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato. La jurisprudencia también ha señalado que la sucesiva renovación de un contrato a término fijo no lo convierte automáticamente en uno indefinido, lo que significa que la empresa puede decidir no renovar el contrato al final del plazo estipulado sin que esto implique automáticamente una indemnización por despido injusto por todo el tiempo que la persona lleva relacionada con la empresa mediante continuos contratos a termino fijo.
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Buenos días
Tengo una liquidación de sociedad conyugal, durante el proceso se dejaron de tener en cuenta en el inventario y avalúo algunos pasivos y recompensas puedo pedir inventario y avalúo adicionales teniendo en cuenta el artículo 503 ?
Muchas gracias
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