Se crea la Empresa Colombiana de Gas, Ecogas, el Viceministerio de Hidrocarburos Artículo 2o Colombia
Se crea la Empresa Colombiana de Gas, Ecogas, el Viceministerio de Hidrocarburos
Artículo 2o. Objeto
La Empresa Colombiana de Gas, Ecogas, tendrá por objeto la planeación, organización, ampliación, mantenimiento, operación y explotación comercial de los sistemas de transporte de gas natural propios. También podrá explotar comercialmente la capacidad de los gasoductos de propiedad de terceros por los cuales se pague una tarifa de disponibilidad, o por acuerdos con éstos. Ecogas administrará el Centro de Coordinación de Transporte de Gas Natural, CTG. Para el cumplimiento de su objeto la empresa podrá celebrar todos los actos y contratos que, con sujeción a las normas legales, prevean sus estatutos.
El Centro de Coordinación de Transporte de Gas Natural, CTG, se establecerá y operará como una unidad funcionalmente independiente dentro de la estructura de Ecogas. Las autoridades competentes tomarán las medidas necesarias para garantizar que el CTG opere en forma no discriminatoria para beneficio del Sistema Nacional de Transporte de Gas Natural.
Colombia Art. 2o Se crea la Empresa Colombiana de Gas, Ecogas, el Viceministerio de Hidrocarburos y se dictan otras disposiciones
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