Imprimir

Se desarrolla el artículo 38 de la Constitución Política de Colombia en lo referente a los organismo Artículo 32 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/06/2025

Se desarrolla el artículo 38 de la Constitución Política de Colombia en lo referente a los organismos de acción comunal
Artículo 32. Validez de las reuniones y validez de las decisiones

Los órganos de dirección, administración, ejecución, control y vigilancia de los organismos de acción comunal, cuando tengan más de dos (2) miembros, se reunirán y adoptarán decisiones válidas siempre y cuando cumplan con los siguientes criterios:

 

a) Quórum deliberatorio: los organismos de los diferentes grados de acción comunal no podrán abrir sesiones ni deliberar, con menos del veinte por ciento (20%) de sus miembros;

 

b) Quórum decisorio: los órganos de dirección, administración, ejecución, control y vigilancia, cuando tengan más de dos (2) miembros, se instalarán válidamente con la presencia de por lo menos la mitad más uno de los mismos. Si a la hora señalada no hay quórum decisorio, el órgano podrá reunirse una hora más tarde y el quórum se conformará con la presencia de por lo menos el treinta por ciento (30%) de sus miembros salvo los casos de excepción previstos en los estatutos;

 

c) Quórum supletorio: si no se conforma el quórum decisorio el día señalado en la convocatoria, el órgano deberá reunirse por derecho propio dentro de los quince (15) días siguientes, y el quórum decisorio sólo se conformará con no menos del 20% de sus miembros;

 

d) Validez de las decisiones: por regla general, los órganos de dirección, administración, ejecución, control y vigilancia tomarán decisiones válidas con la mayoría de los miembros con que se instaló la reunión. Si hay más de dos alternativas, la que obtenga el mayor número de votos será válida si la suma total de votos emitidos, incluida la votación en blanco, es igualo superior a la mitad más uno del número de miembros con que se formó el quórum deliberatorio. En caso de empate en dos votaciones válidas sucesivas sobre el mismo objeto, el comité de convivencia y conciliación determinará la forma de dirimirlo;

 

e) Excepciones al quórum supletorio: solamente podrá instalarse la asamblea de afiliados o delegados con no menos de la mitad más uno de sus miembros y el voto afirmativo de por lo menos los dos tercios (2/3) de éstos cuando deban tomarse las siguientes decisiones:

 

1. Constitución y disolución de los organismos comunales;

 

2. Adopción y reforma de estatutos;

 

3. Los actos de disposición de inmuebles;

 

4. Afiliación al organismo de acción comunal del grado superior;

 

5. Asamblea de las juntas de acción comunal, cuando se opte por asamblea de delegados;

 

6. Asambleas de junta de viviendas;

 

7. Reuniones por derecho propio.



Colombia Art. 32 Se deroga la ley 743 de 2002, se desarrolla el artículo 38 de la Constitución Política de Colombia en lo referente a los organismos de acción comunal y se establecen lineamientos para la formulación e implementación de la política pública de los organismos de acción comunal y de sus afiliados, y se dictan otras disposiciones
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1 ...30 31 32 33 34 ...109

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Recordemos que según el artículo 68 de la Ley 2220 de 2022 "estatuto de conciliación "en la restitución de bien arrendado de que trata el artículo 384 ... el demandante no estará obligado a solicitar y tramitar la audiencia de conciliación extrajudicial como requisito de procedibilidad de la demanda, ni del trámite correspondiente, casos en los cuales el interesado podrá presentar la demanda directamente ante el juez".


Email: [email protected]

WhatsApp: 573166406899

ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


prescripcion vigente en colombia de servidumbre de vistas y luces negativa en pared medianera


Recordemos que el proceso de insolvencia y en este sentido los artículos correspondientes del Código General del Proceso, fueron modificados por la LEY 2445 DE 2025.


Email: [email protected]

WhatsApp: 573166406899

ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


"El garante podrá solicitar al acreedor garantizado de dichas obligaciones, la cancelación de la inscripción de su garantía mobiliaria."

>>Si el acreedor garantizado no cumple con dicha solicitud dentro de los quince (15) días siguientes a la petición, podrá presentar la solicitud de cancelación de la inscripción ante un notario,<<

Si su acreedor, le envía Formulario de terminación de Garantía Mobiliaria y cancelación de esta a su correo, solo falta que usted solicite Por un DP, el respectivo PAZ Y SALVO. Pilas con esto.


Las bonificaciones pueden ser superiores al salario básico del empleado. Es importante cuidar que no se estén escondiendo con bonificaciones verdadero salario y en este sentido. Las bonificaciones se consideran salario cuando se demuestra que son una contraprestación directa por el servicio prestado y se pagan de forma habitual.


Email: [email protected]

WhatsApp: 573166406899

ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse