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Se dictan medidas para la reactivación y fortalecimiento del sector cultura, se crea el fondo para l Artículo 6 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Se dictan medidas para la reactivación y fortalecimiento del sector cultura, se crea el fondo para la promoción del patrimonio, la cultura
Artículo 6. Funciones del Comité Directivo de FONCULTURA

Son funciones del Comité Directivo del Fondo para la Promoción del Patrimonio la Cultura, las Artes y la Creatividad -FOI\JCULTURA las siguientes:  

1. Impartir lineamientos y orientar el diseño de procedimientos adecuados para el manejo de los recursos del Fondo para la Promoción del Patrimonio la Cultura, las Artes y la Creatividad -FONCULTURA.  

2. Autorizar los montos y topes de los proyectos presentados al Fondo Mixto Nacional de Promoción de la Cultura y las Artes "Colombia Crea Talento" para su correspondiente financiación con recursos de FOI\JCULTURA y/o privados.  

3. Autorizar la creación de subcuentas para la incorporación de recursos y fuentes de financiación que tengan por objeto la promoción de la cultura, las artes, el patrimonio y la creatividad.  

4. Autorizar el traslado presupuestal de recursos entre las subcuentas existentes de acuerdo con las necesidades que requiera FONCULTURA previa aprobación técnica del Comité de Promoción del Patrimonio, la Cultura, las Artes y la Creatividad.  

5. Aprobar las líneas de reinversión de los rendimientos financieros de FONCULTURA.  

6. Expedir y adoptar su propio reglamento.  

7. Velar por la correcta y eficiente gestión del fondo por parte de la entidad administradora.  

8. Orientar, estimular y divulgar la presentación de proyectos que promocionen la cultura, las artes y la creatividad en todo el territorio nacional, compatibles con lo dispuesto en la presente ley.  

9. Evaluar periódicamente la gestión administrativa y contable del Fondo para la Promoción del Patrimonio, la Cultura, las Artes y la Creatividad FONCULTURA.  

Parágrafo. Para el cumplimiento de sus funciones, el Comité Directivo podrá conformar comités técnicos de trabajo, integrados por representantes de las entidades que la integran, los cuales estarán bajo la supervisión del Comité Directivo.  



Colombia Art. 6 Se dictan medidas para la reactivación y fortalecimiento del sector cultura, se crea el fondo para la promoción del patrimonio, la cultura, las artes y la creatividadfoncultura y se dictan otras disposiciones
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Buenos días, trabajo desde el 2008 a termino fijo de un año, nunca hubo cortes en mi contrato la continuidad fue siempre a la fecha de hoy, la empresa pasa por ciertas irregularidades contractuales de personal y de intereses políticos de puestos por compromisos.

Se nos cumplió la finalización del contrato el día 30 de abril y el 1 de mayo nos notificaron verbalmente que nuestro contrato sería renovado pero no hubo formalización por escrito como los anteriores, a un compañero un día después le despidieron ya habiendo laborado día y medio, esto es legal? Tendría que indemnizar? Por tener contrato continuos sin cortes desde el 2008 se puede convertir en indefinido? Podríamos tener derecho a indemnización? Si nos obligan a trabajar con disponibilidad 24/7 tendrían que pagarnos las horas que disponemos y que no podemos utilizar como descanso ni para disfrutar tiempo familiar?


¿Cuáles son los elementos esenciales, de la naturaleza y accidentales del contrato de cuentas en participación? y ¿Cuál es la clasificación de este contrato en la legislación colombiana?


Buen dia como puedo embargar una empresa, que no tiene nada que embargar, sobre quien podria solicitar ante un juez medida cuatelzar para solicitar embargo o secuestro de bienes?


Este artículo es necesario leerlo desde sus actualizaciones. Así las cosas entre el día 1 y 2 el pago del auxilio económico a la persona trabajadora que se enferma por una razón no laboral, lo hace el empleador (Decreto 2943 de 2013). Del día 3 al 180 la EPS en un 66.6% del salario devengado mensualmente. Del día 181 al 540, el Fondo de Pensiones (Ley 962 de 2005). A partir del 541, la EPS (Ley 1753 de 2015) en un 50% del salario devengado. Nunca ningún % de estos puede ser inferior a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.


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Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


  • Buen dia, mi pregunta es en el año 2009 por situacion economica no pude seguir pagando mi plan hogar con Colombia telecomunicaciones (hoy movistar), después que han trascurrido quince años llega una carta de cobro de una empresa de cobranza, mi pregunta es; me pueden cobrar despues de tanto tiempo, la deuda sigue vigente, se les puede poner un derecho de petición. Gracias.

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