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Se establecen disposiciones sobre el Programa Juegos Intercolegiados Nacionales Artículo 14 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/08/2025

Se establecen disposiciones sobre el Programa Juegos Intercolegiados Nacionales
Artículo 14. Incentivos para los Establecimientos Educativos

Los establecimientos educativos que promuevan la participación de los estudiantes deportistas escolarizados, que fomenten en las instituciones educativas públicas y privadas la integración de la comunidad educativa, la formación mediante la práctica deportiva, el sano aprovechamiento del tiempo libre, el fortalecimiento de la experiencia de los valores y hábitos y estilos de vida saludables, que implementen el programa de servicio social obligatorio en deporte, que realicen la fase intercursos y desarrollen eventos internos como festivales escolares y juegos Intercolegiados, e inscriban el mayor número de estudiantes deportistas en proporción a su población educativa para la fase municipal y obtengan mejores resultados, podrán acceder a incentivos que definan las entidades territoriales y sus institutos dedicados a la promoción deportiva, tales corno dotaciones escolares, financiación de participaciones deportivas, becas entre otros.

 

El Ministerio del Deporte, los municipios y las gobernaciones, podrán considerar dentro de los incentivos la construcción y mejora de la infraestructura deportiva, de manera prioritaria en los establecimientos educativos que carezcan de infraestructura o sus condiciones sean precarias.

 

Parágrafo. El Ministerio del Deporte, las federaciones deportivas nacionales, los entes deportivos departamentales, las ligas deportivas departamentales, los entes deportivos municipales y los clubes deportivos escolares deben crear un plan de estímulos para los entrenadores que no pertenecen al sistema escolar que formen, promuevan, masifiquen y obtengan resultados en cada una de las fases y disciplinas deportivas de los Juegos Intercolegiados Nacionales.



Colombia Art. 14 Se establecen disposiciones sobre el Programa Juegos Intercolegiados Nacionales
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Los 3 días que acá se indican en el párrafo sexto, tienen fundamento en lo indicado en el artículo 318, es decir es un recurso de reposición como el que allí se indica, en el que se deben alegar los problemas de forma de la demanda, para que el juez corrija su decisión de aceptarla como la aceptó.


Email: [email protected]

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ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


Cordial saludo

Me impusieron medida correctiva tipo 4 en junio del 2020, será que ya prescribió?


Hola, se te esta violando tu derecho fundamental que es la salud, la vida y la dignidad humana. Frente a este caso hay que realizar una Acción de Tutela. Mucha suerte


Este delito ocurre únicamente de manera dolosa, es decir que no se condena a quien ingresa o se mantiene dentro de un sistema por culpa o sin intención. Existen diversas modalidades de ejecución de este delito, como el uso de ingeniería social, software malicioso, phishing, vishing, smishing, explotación de vulnerabilidades, SIM swap etc. El Convenio de Budapest establece estándares para la protección de la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los sistemas informáticos en el mundo y ha servido como marco para delimitar los elementos del tipo penal en Colombia.


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No confíen en este señor, después de recibir el pago no responde a llamadas ni mensajes, se aprovecha de la situación de las personas


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