Se expide el Régimen para las Áreas Metropolitanas Artículo 37 Colombia
Se expide el Régimen para las Áreas Metropolitanas
Artículo 37. Jurisdicción coactiva
Las Áreas Metropolitanas tendrán jurisdicción coactiva, para hacer efectivos los créditos exigibles a su favor, de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos al respecto por la ley para las entidades territoriales.
Colombia Art. 37 Se deroga la Ley Orgánica 128 de 1994 y se expide el Régimen para las Áreas Metropolitanas
Mejores juristas
ABOGADOS COLOMBIA
WORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
El contrato de Cuentas de participación es un negocio jurídico de colaboración empresarial, cuya finalidad es permitir que varias personas comerciantes unan esfuerzos, conocimientos o capital para la gestión de intereses comunes en la ejecución de uno o varios proyectos, sin llegar a constituir una sociedad. Los bienes aportados y los negocios realizados se integran en la contabilidad del gestor, aunque deben ser controlados de manera separada.
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
Abogadas y abogados egresados de la Universidad Nacional
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WHATSAPP 3166406899
Si la parte arrendadora realiza a tiempo las obras necesarias que menciona el numeral tercero de este artículo, pero incumple con su deber de notificarle al arrendatario una vez se han terminado dichas reparaciones, para que así este ejerza su derecho de prelación, y en consecuencia arrienda los locales a un tercero, debe indemnizar al arrendatario por la totalidad de los perjuicios causados. No respetar el derecho de preferencia del arrendatario que tuvo que entregar el inmueble para que lo repararan, es un incumplimiento grave de las obligaciones del arrendador que activa dicha sanción.
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
Abogadas y abogados egresados de la Universidad Nacional
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WHATSAPP 3166406899
Aunque este artículo 522 del Cod de Comercio no menciona explícitamente el llamado good will, sí ordena indemnizar el "lucro cesante sufrido por el comerciante", concepto dentro del cual se entiende incluida la pérdida de ganancias derivada de la afectación a la fama comercial, a causa de la terminación del contrato.
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
Abogadas y abogados egresados de la Universidad Nacional
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WHATSAPP 3166406899
Es importante tener en cuenta que el juramento estimatorio, regulado en este art 206 del Cód General del Proceso, no aplica para la cuantificación de daños extrapatrimoniales como el daño moral. Así, si bien la tasación final del daño moral corresponde al juez, en la demanda se debe solicitar una suma específica fundamentada en los criterios orientadores de las altas cortes.
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
Abogadas y abogados egresados de la Universidad Nacional
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WHATSAPP 3166406899
Recordemos que la mujer víctima de violencia de género, tiene derecho a solicitar alimentos a su excompañero permanente, aunque no se haya declarado previamente la unión marital de hecho. Al respecto véase la sentencia T-372 de 2025.
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
Abogadas y abogados egresados de la Universidad Nacional
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WHATSAPP 3166406899
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios