Se expiden algunas disposiciones en materia electoral (Se expiden algunas disposiciones en materia electoral) Colombia
Se expiden algunas disposiciones en materia electoral
- Artículo 1o. Fecha de elecciones
- Artículo 2o. Consultas internas
- Artículo 3o. Suspensión de incorporación al censo de nuevas cédulas
- Artículo 4o. Inscripción de votantes
- Artículo 5o. Residencia electoral
- Artículo 6o. Inscripción de candidaturas
- Artículo 7o. Tarjetas electorales
- Artículo 8o. Utilización de las tarjetas electorales
- Artículo 9o. Instalación de mesas de votación
- Artículo 10. Jurados de votación
- Artículo 11. Validez de actas de jurados y sanciones a los mismos
- Artículo 12. Escrutinios
- Artículo 13. Escrutinios del distrito capital
- Artículo 14. Artículo INEXEQUIBLE
- Artículo 15. Medios válidos para transmisión de datos
- Artículo 16. Apropiación presupuestal y encargo de fiducia
- Artículo 17. Expedición de cédulas
- Artículo 18. Financiación de las campañas
- Artículo 19. Cauciones
- Artículo 20. Prohibiciones publicitarias
- Artículo 21. Organización de votaciones en el exterior
- Artículo 22. Ausencia de inhabilidad
- Artículo 23. Inhabilidad por parentesco
- Artículo 24. Encuestas y sondeos
- Artículo 25. Derogatoria y vigencia
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buenas tardes, en una suspension de contrato se debe pagar el dominical?
Este artículo 718 del Cód de Comercio indica que el cheque debe cobrarse dentro de los 15 días después de su fecha, no obstante esto no implica que la prescripción del cheque sea de 1 días. Al respecto, debemos guiarnos por lo que indica el art 721, en el que se dice que el banco debe pagar el cheque incluso luego de 6 meses, por tanto para determinar el fenómeno de la prescripción de un cheque, tomamos como base este plazo.
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Es preciso indicar que el titular de la acción penal en este delito es la persona juridica prestadora del servicio publico, y no el tercero (ejem propiedades horizontales, copropietarios ) afectado este ultimo podría alegar una Estafa.
Mediante la Sentencia C-028 del 2024, la Corte Constitucional eliminó de este artículo la expresión:
“Las autoridades de emigración exigirán copia de la providencia con la constancia de ejecutoria”,
esto ya que dicha orden, significaba un riesgo para la intimidad que desean tener las familias con hijos adoptados, pues al tener que cumplir ese requisito, se corría el riesgo de que los niños llegaran a enterarse que sus padres no son biológicos, sino adoptivos, lo cual es una realidad que los padres tienen todo el derecho a decidir cuándo se la informan a sus hijos.
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este articulo se refiere a los honorarios de los abogados ?
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