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Se organiza el servicio público de la Educación Superior Artículo 42 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 30/03/2026

Se organiza el servicio público de la Educación Superior
Artículo 42.

El Director General del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (Icfes). es agente del Presidente de la República de su libre nombramiento y remoción.

Para ser Director del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (ICFES), se requiere: Poseer título universitario, haber sido Rector, Vicerrector o Decano en propiedad o haber estado vinculado al cuerpo académico de una Institución de Educación Superior al menos durante cinco (5) años consecutivos.

Tendrá las funciones señaladas en el artículo 27 del Decreto 1050 de 1968 y las que le fijen los estatutos y demás disposiciones legales.



Colombia Art. 42 Se organiza el servicio público de la Educación Superior Ley 30 de 1992
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En los contratos demandados que pasa si el nombre es equivocado,?


Así hay muchos con esto mire la notaría del playón .eso es un desorden . cualquiera saca papeles como si la notaría las leyes ..como fueran


Motivos para impugnar junta de vecinos


En el caso de préstamos de dinero entre parejas casadas o con unión marital de hecho, existe un argumento legal ya usado en varias sentencias, por el cual el término para cobrar dicho dinero, no corre mientras el matrimonio o la unión esté vigente. Esto se basa en la figura de la suspensión de la prescripción de la que acá se habla en este artículo 2530 del código civil, figura por la cual se puede argumentar que durante la vigencia de la unión o matrimonio, y en aras de mantener la armonía y la unidad familiar, se considera que la persona que le prestó dinero a su pareja, se encuentra en una imposibilidad práctica y moral de demandarla por una deuda. Es decir, compartir un proyecto de vida común es una circunstancia que impide esta posibilidad de demandar al otro. En consecuencia, el término para reclamar el dinero prestado a la pareja, no empieza a contarse sino desde la separación de la pareja.


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Esto de ser administrador de propiedad horizontal, definitivamente es un horror, los propietarios piensan que los administradores somos, la vigilancia del edificio y con una quejadera a todo momento, que piensan que uno es la mama de todos, que horror.


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