Se regula el uso del emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y otros emblemas protegidos por los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 y sus protocolos adicionales (Se regula el uso del emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y otros emblemas) Colombia
Se regula el uso del emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y otros emblemas
- Artículo 1o. Objetivo de la regulación y ámbito de aplicación de la ley
- Artículo 2o. Del emblema a título protector
- Artículo 3o. Del emblema a título indicativo
- Artículo 4o. Del uso del emblema
- Artículo 5o. Uso del emblema por parte de la fuerza pública
- Artículo 6o. Uso del emblema por parte del personal y unidades sanitarias civiles
- Artículo 7o. Uso del emblema a título protector por parte de la sociedad nacional de la cruz roja colombiana
- Artículo 8o. Uso del emblema a título indicativo por parte de la sociedad nacional de la cruz roja colombiana
- Artículo 9o. Uso del emblema por parte de otros componentes del movimiento internacional de la cruz roja y de la media luna roja
- Artículo 10. Uso del emblema por parte de sociedades nacionales de la cruz roja extranjeras
- Artículo 11. Definiciones
- Artículo 12. De las sanciones por el uso indebido del emblema de la Cruz Roja, o la...
- Artículo 13. Abuso del emblema en tiempo de conflicto armado
- Artículo 14. Medidas de control
- Artículo 15. Cometido de la sociedad nacional de la cruz roja colombiana
- Artículo 16. Medidas provisionales
- Artículo 17. Registro de asociaciones, de razones comerciales y de marcas
- Artículo 18. Difusión
- Artículo 19. Reglamentación
- Artículo 20. Vigencia
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Así como las redes de energía eléctrica, gas, agua etc, los costos relacionados con la parte de las redes de comunicación que quedan dentro de cada apartamento debe ser asumido por el propietario o arrendatario de la unidad privada, ya que este elemento es considerado un bien privado y no un bien común del conjunto residencial. Consecuentemente, los costos relacionados con las redes del conjunto, son bienes comunes y por lo tanto, su instalación y mantenimiento deben ser sufragados por todos los propietarios como parte de las expensas comunes necesarias.
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Buenos días, tengo una consulta, mi papá murió y dejo firmado el traspaso en blanco de un carro. mi mamá y mi hermano lo vendieron y firmaron la promesa de compraventa junto con el señor que lo compro firmo y colocaron la huella él y una testigo que lo acompañaba, en la promesa se dejó claro que el señor realizaría el traspaso. A la fecha, después de muchos años (8) no hizo el traspaso y tenemos una deuda de impuestos en la gobernación, nos dimos cuenta cuando se iba a hacer la sucesión. Nos pueden dar una orientación.
Aunque los procesos divisorios y los de rendición de cuentas tienen objetivos distintos, en los casos donde la rendición de cuentas está directamente relacionada con la administración que se realizó del bien común, es procedente tramitarla dentro del proceso divisorio.
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Muy buenas tardes soy estudiante y estuve buscando artículos e visto muchos pero me parece mucho mejor el tuyo y lo escogí para una reseña sobre tu artículo era para ver si me das la fecha de cuando lo publicaste y el nombre del autor muchísimas gracias estaré pendiente a tu pronta respuesta
buenas tardes el tiempo de almuerzo que debe dar una empresa debe ser de una hora ? donde puedo ver esta información en el código laboral ? y es valido que la empresa tomes este tiempo para reducir la jornada laboral ? gracias
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