Acuerdo Comercial entre el Gobierno del Reino de Marruecos y el Gobierno de la República de Colombia hecho en Rabat el 22 de junio de 1995, y del Canje de Notas entre ambos Gobiernos sobre la precisión del lugar y fecha de la suscripción del tratado, y de la firma de los Representantes de los Gobiernos de 1996 (Acuerdo Comercial entre el Gobierno del Reino de Marruecos y el Gobierno de la República de Colombia) Colombia
Acuerdo Comercial entre el Gobierno del Reino de Marruecos y el Gobierno de la República de Colombia
- Artículo 1o. Las dos partes contratantes acordarán mutuamente el tratamiento de...
- Artículo 2o. De conformidad con las leyes y los reglamentos vigentes en cada uno de los...
- Artículo 3o. Las estipulaciones del presente acuerdo se aplicarán sobre todos los...
- Artículo 4o. Las Partes Contratantes estimularán la conclusión de contratos...
- Artículo 5o. Los precios de mercancías intercambiadas en el marco de este Acuerdo...
- Artículo 6o. Con miras a adelantar el desarrollo de sus relaciones comerciales, las Partes...
- Artículo 7o. De conformidad con la leyes y los reglamentos vigentes en cada uno de los...
- Artículo 8o. Los pagos concernientes a los intercambios comerciales, objeto del presente...
- Artículo 9o. Las Partes Contratantes se transmitirán recíprocamente la...
- Artículo 10. Cada parte contratante ofrece la libertad de tránsito en su...
- Artículo 11. Se establece una comisión comercial mixta, constituida por los...
- Artículo 12. Las controversias relativas a la interpretación o ejecución del...
- Artículo 13. El presente acuerdo entrará en vigencia en la fecha de intercambio de...
- Artículo 14. Las disposiciones del presente acuerdo seguirán aplicándose después de su...
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El archivo por parte de la Fiscalía no implica una decisión de fondo sobre lo ocurrido, es decir, no puede tomarse como una opinión del fiscal sobre la ocurrencia o no del delito. Lo que se hace con el archivo, es suspender la investigación hasta que se encuentren nuevas pruebas que vuelvan a hacer sospechar que el delito sí ocurrió. Por eso, ante el archivo, se puede solicitar a la fiscalía que desarchive y continúe con la investigación, argumentándole lo correspondiente para que lo haga.
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soy afiliado a un sindicato y quisiera saber que sucede si un sindicato incumple con lo establecido en el articulo 373 del codigo sustantivo del trabajo, en los numerales 1 , 4 y 5, y si existe un mecanismo jurídico para reclamar estos derechos como afiliado.
Hola buenas, soy un joven de 16 años el 15 de diciembre cumplo 17 años, Ya no quiero vivir más con mi mamá me tiene encerrado, hay una mamá de una amiga del colegio que me ofrece su casa para vivir allá, quería saber si yo me puedo ir y a la mamá de mi amiga no le va a suceder nada, y que a mí tampoco me hagan devolver a mi casa por ninguna ley, por el contrario me cobije alguna ley, en resumidas cuentas quería saber si yo me puedo ir de mi casa sin ningún problema.
Sobre el derecho a recibir alimentos y el deber de otorgarlos, indicado en este artículo 411 del Código Civil, la ley 2388 del 2024, por la cual se regula el nuevo estado civil de hijo/a de crianza en Colombia (que surge por la convivencia continua, los lazos de amor, afecto, apoyo, solidaridad, respeto, auxilio y ayuda mutuos entre las familias de hecho), sabemos que se deben alimentos también a y entre hijos e hijas de crianza, padre/madre de crianza, abuelo/abuela de crianza, nieto/nieta de crianza etc. La idea es que el hijo de crianza a partir de esta ley sea tratado en igualdad con los hijos consanguíneos o adoptivos.
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¿Bajo que excepciones la ley puede discriminar a un empleado?
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