Se aprueba el Acuerdo de Asistencia Judicial en Materia Penal entre la República de Colombia y la República de Argentina, hecho en Buenos Aires, Argentina, el tres (3) de abril de mil novecientos noventa y siete (1997) (Acuerdo de Asistencia Judicial en Materia Penal entre la República de Colombia y la República de Arg) Colombia
Acuerdo de Asistencia Judicial en Materia Penal entre la República de Colombia y la República de Argentina
- Artículo 1o. Ambito de aplicacion
- Artículo 2o. Definiciones
- Artículo 3o. Alcance de la asistencia
- Artículo 4o. Limitaciones en el alcance de la asistencia
- Artículo 5o. Autoridades centrales
- Artículo 6o. Autoridades competentes
- Artículo 7o. Ley aplicable
- Artículo 8o. Confidencialidad
- Artículo 9o. Solicitudes de asistencia judicial
- Artículo 10. Asistencia condicionada
- Artículo 11. Rechazo de la solicitud
- Artículo 12. Ejecucion de la solicitud de asistencia judicial
- Artículo 13. Comparecencia ante la parte requirente
- Artículo 14. Garantia temporal
- Artículo 15. Traslado del detenido
- Artículo 16. Productos del delito
- Artículo 17. Medidas provisionales o cautelares
- Artículo 18. Ejecucion de ordenes de decomiso
- Artículo 19. Intereses de terceros de buena fe sobre los bienes
- Artículo 20. Gastos
- Artículo 21. Comunicaciones de condenas
- Artículo 22. Antecedentes penales
- Artículo 23. Denuncias
- Artículo 24. Exencion de legalizacion
- Artículo 25. Consultas
- Artículo 26. Solucion de controversias
- Artículo 27. Entrada en vigor y denuncia
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buenas tardes, en una suspension de contrato se debe pagar el dominical?
Este artículo 718 del Cód de Comercio indica que el cheque debe cobrarse dentro de los 15 días después de su fecha, no obstante esto no implica que la prescripción del cheque sea de 1 días. Al respecto, debemos guiarnos por lo que indica el art 721, en el que se dice que el banco debe pagar el cheque incluso luego de 6 meses, por tanto para determinar el fenómeno de la prescripción de un cheque, tomamos como base este plazo.
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Es preciso indicar que el titular de la acción penal en este delito es la persona juridica prestadora del servicio publico, y no el tercero (ejem propiedades horizontales, copropietarios ) afectado este ultimo podría alegar una Estafa.
Mediante la Sentencia C-028 del 2024, la Corte Constitucional eliminó de este artículo la expresión:
“Las autoridades de emigración exigirán copia de la providencia con la constancia de ejecutoria”,
esto ya que dicha orden, significaba un riesgo para la intimidad que desean tener las familias con hijos adoptados, pues al tener que cumplir ese requisito, se corría el riesgo de que los niños llegaran a enterarse que sus padres no son biológicos, sino adoptivos, lo cual es una realidad que los padres tienen todo el derecho a decidir cuándo se la informan a sus hijos.
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este articulo se refiere a los honorarios de los abogados ?
en donde busco quien paga los honorarios de los abogados en caso de ganar?
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Código de Minas Artículo 208. Vigencia de la licencia ambiental Se expide el Régimen para las Áreas Metropolitanas Artículo 9o. Relaciones entre el área metropolitana, los municipios integrantes y otras entidades Código Nacional de Policía Artículo 66. De la expedición de los “planes tipo” El régimen de propiedad horizontal Artículo 87. Vigencia y derogatoriaPublique la información de sí mismo
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