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Acuerdo de Cooperación técnica, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de la República de Colomb Artículo 6o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2025

Acuerdo de Cooperación técnica, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Bolivia
Artículo 6o. Instrumentos y medios para la realizacion de la cooperacion



1. Con el fin de facilitar la realización de los objetivos de la cooperación estipulada en el presente Acuerdo, cada una de las Partes, de acuerdo con sus leyes y reglamentos, ofrecerán las siguientes facilidades:

- El envío de expertos, tales como instructores, asesores, peritos, especialistas, personal científico y técnico, asistentes de proyecto, el conjunto del personal enviado por encargo de las Partes denominado en adelante "expertos enviados".

- El suministro de material y equipo en adelante denominado "material".

- Eximirán al material suministrado para los proyectos de licencias, tasas portuarias, toda clase de derechos de aduana e importación y demás impuestos y gravámenes públicos.

- Eximirán al material suministrado para los proyectos del Gravamen Aduanero Consolidado (GAC), impuesto a los consumos específicos (ICE) e impuesto al Valor Agregado (IVA), hasta el límite fijado por el mismo convenio.

2. A los expertos para el mejor ejercicio de sus funciones, se les otorgará las siguientes prerrogativas:

- Conceder facilidades necesarias para que los expertos y sus familias obtengan los visados correspondientes, libres de derechos y fianzas, que permitan hacer posible el ejercicio de sus funciones.

- Los expertos cuya misión sea superior a un año, podrán introducir al país, libre de todo tipo de impuestos de aduanas, tasas y otras cargas conexas, sus efectos personales, menaje de casa y muebles, por una sola vez mientras dure su misión, dentro de los 180 días después de su llegada, hasta el límite de US$15.000. (quince mil dólares americanos).

- Las actividades que en desarrollo de este Acuerdo ejerzan los ciudadanos de una de las Partes en el territorio de la otra Parte, se sujetarán a lo previsto en este instrumento y no podrán desbordar el marco acordado entre las Partes, bien sea en términos generales, bien para cada caso específico.

Colombia Art. 6o Se aprueba el Acuerdo de Cooperación técnica, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Bolivia, hecho en la ciudad de Santa Fe de Bogotá, D. C., a los diez 10) días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho (1998)
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Recordemos que si una persona que debe pagar alimentos a otra fallece y en vida se le había embargado su pensión para pagar dicha obligación alimentaria, esta obligación pasará junto con la pensión a la persona que la reciba tras el fallecimiento, como pensión de sobreviviente. Es decir, que si con la pensión de una persona muerta se garantizaba una cuota de alimentos, se deberá seguir descontando dichos alimentos de esa pensión, aún después del fallecimiento, si dicha pensión pasa a gozarla algún familiar.


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buen dia si trabaje el periodo del 1 de enero al 30 de junio consecutivos la prima me llega medio sueldo o la mitad de la mitad del sueldo????


Recordemos que el proceso de insolvencia y en este sentido los artículos correspondientes del Código General del Proceso, fueron modificados por la LEY 2445 DE 2025.


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¿El riesgo de caducidad sigue corriedo sobre un comparendo impuesto en vía por un agente de tránsito de Colombia, por mal parqueo o fuga, y el conductor no se logra identificar? y ¿Cómo se procederá en este caso?


Asistir a una entrevista de trabajo no se encuentra dentro de la lista de licencias obligatorias que el empleador deba conceder. Esto significa que el permiso para este fin se considera un permiso voluntario, cuya concesión depende de la discrecionalidad del empleador y por tanto es un tiempo que si el empleador así lo decide, deberá reponerse por parte del empleado. No obstante si el reglamento interno dice algo distinto, habrá que acogerse a lo que diga este.


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