Acuerdo Internacional del Café de 2007 Artículo 40 Colombia
Acuerdo Internacional del Café de 2007
Artículo 40. Firma y ratificación, aceptación o aprobación
1) A no ser que se disponga otra cosa, este Acuerdo estará abierto en la sede del Depositario, a partir del 1o de febrero de 2008 hasta el 31 de agosto de 2008 inclusive, a la firma de las Partes Contratantes del Acuerdo Internacional del Café de 2001 y de los Gobiernos invitados a las sesiones del Consejo en las que fue aprobado el presente Acuerdo.
2) Este Acuerdo quedará sujeto a la ratificación, aceptación o aprobación de los Gobiernos Signatarios, de conformidad con los respectivos procedimientos jurídicos.
3) Salvo lo dispuesto en el Artículo 42, los instrumentos de ratificación, aceptación o aprobación serán depositados en poder del Depositario a más tardar el 30 de septiembre de 2008. El Consejo podrá decidir, no obstante, otorgar ampliaciones de plazo a los Gobiernos Signatarios que no hayan podido depositar sus respectivos instrumentos a la citada fecha. Las decisiones del Consejo en ese sentido serán notificadas por el Consejo al Depositario.
4) Una vez que haya tenido lugar la firma y ratificación, aceptación o aprobación, o la notificación de aplicación provisional, la Comunidad Europea depositará en poder del Depositario una declaración en la que confirme su competencia exclusiva en cuestiones regidas por el presente Acuerdo. Los Estados miembros de la Comunidad Europea no podrán pasar a ser Partes Contratantes de este Acuerdo.
Colombia Art. 40 Se aprueba el Acuerdo Internacional del Café de 2007, adoptado por el Consejo Internacional del Café en su 98 período de sesiones, en Londres, Reino Unido, el 28 de septiembre de 2007
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En el caso de la junta directiva de un sindicato, el número de curules o cargos a proveer corresponde a los miembros principales de la junta directiva, no a los suplentes. Esto se debe a que los suplentes no son considerados como curules a proveer, sino como reemplazos en caso de ausencia de los principales. Por lo tanto, el cálculo del cociente electoral debe hacerse únicamente con base en el número de miembros principales de la junta directiva. En este caso, 5.
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Fui despedido sin justa causa, se envió correo con terminación de contrato el día 24 de Febrero, hasta el día 26 se hizo el paz y Salvo de las herramientas de trabajo.
Aún se aplica por ley los 15 días que tiene una empresa para pagar la liquidación o no tienen por ley un periodo definido?
De ser así desde que día comenzaría a contar dicho periodo, desde el 26 o 24 de febrero y podría exigir días de pago por mora?
Buenas tardes , q pasa si mi preaviso de terminación de contrato dice la fecha exacta y me sacan un día antes
Si se trabaja un día cívico, se toma este como un día festivo y se pagan horas extra de esta manera?
La Ley 797 de 2003, que modificó el artículo 33 de la Ley 100 de 1993, también consagra la terminación del contrato por reconocimiento de la pensión, aplicable tanto en el sector privado como en el público.El reconocimiento de la pensión debe ser efectivo y por tanto ya debe haberse realizado la inclusión en nómina de pensionados, asegurando que no exista solución de continuidad entre el retiro laboral y el disfrute de la pensión.
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